El cambio de sexo en los menores contemplado en la futura ley trans generó la división en el seno del Consejo Fiscal, que en su informe avala este derecho, aunque seis de sus 12 vocales han emitido un voto particular en el que defienden la necesidad de una autorización judicial para ello. En el informe, al que tuvo acceso Efe, el Consejo Fiscal se muestra de acuerdo con los aspectos fundamentales del anteproyecto para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos Lgtbi, que son también los que más polémica han suscitado.

En concreto, la norma, que se encuentra en trámite parlamentario, establece que el cambio de sexo registral se podrá realizar a partir de los 12 años: entre 12 y 14 años se necesitará aprobación judicial; entre 14 y 16, la asistencia de padres o tutores; y a partir de los 16 no habrá limitación alguna.

El informe del Consejo Fiscal no pone objeción alguna a esta medida; sin embargo, seis de los doce vocales en su voto particular se muestran contrarios: “Los vocales electivos firmantes de este voto particular no podemos compartir este criterio, al entender que solo con autorización judicial se salvaguarda el superior interés del menor de edad garantizando plenamente la seguridad jurídica”. Porque “no todos los menores que se encuentran en cada uno de esos tramos tiene la misma madurez ni se encuentran en idéntica situación”, argumentan.

Por eso, defienden que la única vía para ponderar la situación de cada menor es mediante el establecimiento del mecanismo de la autorización judicial. Aunque este voto particular lo secunda la mitad del Consejo de talante conservador, el informe sale adelante con el apoyo del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, ya que, en caso de empate, su voto prevalece.

A pesar de que el informe del Consejo Fiscal avala el grueso de la norma y considera correcta la supresión de la exigencia de tratamientos médicos, sí ve necesario que las personas que quieran cambiar de sexo acrediten la estabilidad de esta decisión: “Esta solución preservaría la finalidad perseguida de despatologización y al mismo tiempo coadyuvaría a satisfacer las exigencias de seguridad jurídica y de interés general”, señala.