Condena al Sergas por la muerte de un vigués por «deficiente» atención sanitaria
El Superior falla que el médico que debía ir al domicilio del paciente, de 39 años, se limitó a atenderlo por teléfono | El hombre falleció de un infarto
M. Fontán
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha condenado al Sergas a pagar 60.000 euros a la pareja y al hijo menor de edad de un vigués de 39 años que falleció en su casa por un infarto tras recibir una «deficiente» asistencia sanitaria debido al proceder «negligente» de un médico que, ante los síntomas que presentaba, debía haber acudido en visita domiciliaria a su vivienda pero se limitó a atenderlo por teléfono.
El fallecido estaba de baja laboral por «cervicalgia y patología cervical». El 9 de octubre de 2020 pidió una ambulancia al 061 por «intenso dolor cervical», pero lo atendieron por teléfono con el consejo de ir a Urgencias si empeoraba. Dos días después fue su pareja la que llamó: junto al cervical, tenía dolor en tórax y brazos. Se activó la prioridad 2 y se avisó al PAC de Taboada Leal para que «girase visita domiciliaria», pero el médico lo asistió por teléfono. Horas después, tras otra llamada, sí fue la ambulancia, pero ya no se pudo hacer nada y el hombre murió por trombosis coronaria aguda.
El TSXG dice que la asistencia del 061 tras la primera llamada fue «idónea» ya que el dolor cervical era «compatible» con su lesión lumbar. Pero ve «negligente» el proceder del médico del PAC que debió ir tras la llamada de dos días después. «En vez de ir al domicilio antes de 60 minutos, como prescribe el protocolo del 061, lo llamó por teléfono», dicen los magistrados.
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