El Supremo ratifica la pena a los imputados por un ajuste de cuentas en Cambados
El Alto Tribunal confirma la condena de 49 años de cárcel para el empresario vasco José Manuel González Lacunza y de 37 años para el francés Patrice Louis Muñoz
Redacción | Cambados
El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra que condenó el pasado año al empresario vasco José Manuel González Lacunza y al francés Patrice Louis Pierre Muñoz por detención ilegal, robo y asesinato de los primos Ricardo Feijóo Vázquez y José Ángel Feijóo Abal en un molino de la parroquia de Castrelo, en el municipio de Cambados, en diciembre de 2005. El suceso se achacó a un ajuste de cuentas relacionado con el narcotráfico.
El máximo tribunal ha hecho definitiva la condena aplicada en junio de 2009 que establece una pena de 49 años de cárcel para González Lacunza y 37 años y tres meses para Patrice Muñoz, al imputarles a ambos dos delitos de detención ilegal, y otros dos de asesinato, además de robo con violencia y daños. En el caso del francés, la pena fue más baja por habérsele aplicado el atenuante de colaboración con la Justicia.
El fallo del Supremo, del que ha sido ponente el magistrado Joaquín Giménez García, considera como hechos probados que los recurrentes, junto con otras personas, alquilaron un vehículo y utilizando ese y otro coche que era propiedad de una de las víctimas, abordaron en unión de otros a los dos primos, les redujeron e hicieron subir a los vehículos, llevándolos al domicilio de uno de ellos. Allí, obligaron a Ricardo Feijóo a abrir la caja fuerte de la que sustrajeron entre 5.000 y 6.000 euros.
Después, llegaron al domicilio la esposa y el hijo del asesinado. A él lo condujo uno de los condenados a la cocina y a ella el otro la llevó al dormitorio, donde vio a su esposo tirado en el suelo, con las manos atadas y con cinta aislante en la boca y también hicieron lo mismo con la mujer.
Posteriormente, abandonaron el domicilio llevándose a las dos víctimas hasta un molino abandonado en la zona de Castrelo donde dispararon varias veces sobre ellos, causándoles la muerte. Tras ello, calcinaron ambos vehículos, uno en el lugar del crimen y otro en Valença do Miño, en Portugal.
La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha desestimado los motivos que alegaban los recurrentes. En este sentido, ha considerado que las pruebas que no fueron aceptadas en primera instancia eran innecesarias en el proceso, que no modificarían la resolución judicial y no fueron presentadas en tiempo y forma.
Sobre la supuesta violación del derecho a la presunción de inocencia, alegado por recurrente, para el Alto Tribunal es suficiente que ambos condenados se autoinculpasen en los hechos y señalasen también al otro condenado como autor de los crímenes. Además, según el fallo, el delito queda corroborado por indicios externos, tales como el hallazgo de los coches calcinados.
Móvil del asesinato
El móvil del suceso que acabó con la condena de José Manuel González Lacunza y de Patrice Muñoz fue un ajuste de cuentas que se atribuye a una deuda de cuatro millones de euros relacionada con el narcotráfico, deuda que se reclamaba al cambadés Ricardo Feijóo Vázquez. También fue asesinado su primo, José Ángel Feijóo Abal, porque en ese momento, el 3 de diciembre de 2005, estaba con él.
Los condenados, además de la pena de cárcel, tendrán que pagar a la familia de las víctimas 280.000 euros en concepto de indemnización y abonar otros 5.000 euros a los herederos del propietario del vehículo robado y a la empresa del coche de alquiler utilizado para acometer el asesinato.
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