Le pedían tres años de prisión por un delito contra la salud pública y la Audiencia Provincial de Oviedo lo ha absuelto porque lo que vendía era poca droga y de pésima calidad. La sección segunda del órgano judicial considera que la cocaína que vendió un avilesino estaba tan cortada (mezclada) que no suponía riesgo alguno para la salud de los consumidores. Por este motivo absolvió al procesado, al que imputaron por un delito contra la Salud Pública por el que se enfrentaba a una pena de tres años de cárcel.

Los hechos se remontan al 10 de noviembre de 2012. Esa tarde, agentes del Cuerpo Nacional de Policía sorprendieron a un hombre ofreciendo a un avilesino una sustancia que resultó ser cocaína. La droga tenía una pureza del 8,50 por ciento. El Ministerio fiscal calificó estos hechos como un delito contra la Salud Pública y solicitó a un tribunal imponer al acusado una pena de tres años de cárcel y el pago de una multa de 4,89 euros. El letrado defensor, Juan Luis Mancisidor Blanco, pidió la absolución de su cliente y de forma subsidiaria la libertad pidiendo la aplicación del "principio de insignificancia". La Audiencia Provincial le acabó dando la razón.