Un hombre ha sido condenado por la Audiencia Provincial de Málaga a once años de prisión por violar y lesionar en Málaga a una camarera en una "brutal agresión" y, posteriormente, tras amenazarla de muerte, robarle la recaudación del establecimiento, unos 600 euros.

La violación se produjo sobre las tres de la madrugada del 31 de octubre de 2017 cuando el acusado se insinuó varias veces a la chica e incluso le ofreció dinero a cambio de un beso, proposición que ella rechazó, según la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe.

A pesar de ello, el procesado permaneció en el establecimiento hasta la hora del cierre y aprovechó cuando la mujer entró en la cocina para acompañar hasta la puerta al último cliente, momento en que cerró la puerta.

Al salir la joven de la cocina, el acusado se abalanzó sobre ella y le golpeó en la cara y aunque ella intentó defenderse fue objeto de una "brutal agresión" y fue violada mientras la amenazaba de muerte y después le obligó a entregarle la recaudación del bar.

En los fundamentos de derecho se destaca la contundencia del testimonio de la víctima sin incurrir en ninguna contradicción "ni siquiera en los más mínimos detalles, a pesar del desasosiego que le ha producido recordar dicho episodio".

Además, los magistrados señalan que la defensa del procesado ha tratado de desvirtuar "la abrumadora prueba de cargo" pero no le ha sido posible y subrayan la "nula credibilidad que ha ofrecido la declaración del procesado", al que consideran que "miente descaradamente", "frente a la contundencia del testimonio de la víctima".

Según la Sala, ha quedado muy claro la violenta actitud del procesado, que golpeó reiteradamente a la víctima, a quien también amenazó de muerte.

Por todo ello, el Tribunal "teniendo en cuenta la brutalidad de la agresión" ha penado por separado los hechos y ha condenado al procesado por violación, lesiones y robo y se le prohíbe aproximarse a la víctima, su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro frecuentado por la misma durante un total de 17 años en un radio no inferior a 500 metros.