La magistrada del Juzgado de lo Penal 2 de Vigo ha condenado por un delito de abuso sexual al masajista de Nigrán (Pontevedra) J.V.F., denunciado por una clienta que acudió a su consulta por una contractura en la espalda y a la que sometió a tocamientos. La sentencia, que no es firme y puede recurrirse, le impone una pena de 23 meses multa con una cuota diaria de 8 euros, lo que supone un total de 5.520 euros frente a los 2 años de prisión que solicitaba la Fiscalía; así como un año de alejamiento y la prohibición de comunicarse con la víctima durante el mismo tiempo. Se trata de la primera condena contra el masajista pontevedrés, que había sido denunciado con anterioridad por otras mujeres. Precisamente la magistrada opta por la pena de multa "al tratarse de un delincuente primario".

La sentencia considera probado que, sobre las 19.30 horas del 2 de marzo de 2018, una mujer acudió al local en Nigrán del ahora condenado para un masaje en la espalda "procediendo el acusado durante el masaje a tocarle con ánimo libidinoso y de manera reiterada los pechos, al tiempo que respiraba con profundidad cerca de la cara de la víctima, a la que cogió totalmente por sorpresa, que fue incapaz de reaccionar hasta que poco después el acusado dio por finalizado el masaje, abonándole ella la consulta y abandonando el lugar".

"Terapia visceral"

El fallo judicial resta credibilidad a la versión que ofreció el acusado durante el juicio celebrado el pasado 31 de enero, en el que negó los abusos y aseguró que aplicó a la mujer "terapia visceral". La magistrada da verosimilitud al testimonio de la víctima mediante corroboraciones periféricas, pues al abandonar el lugar llamó llorosa a la Guardia Civil y poco después, visiblemente nerviosa presentó la denuncia.

La sentencia destaca que el acusado se aprovechó de la "vulnerabilidad de la víctima" y que están solos en la consulta y ella tumbada para "aprovecharse de su superioridad y satisfacer su ánimo libidinoso". El fallo de la magistrada indica además, que no se ve animadversión por parte de la mujer "que no conocía al acusado, no tiene motivos para mentir y no ejercita la acción civil que pudiera corresponderle, lo cual excluye cualquier móvil económico". Resalta "la persistencia de la incriminación", dado que la víctima "ofreció una versión invariable de los hechos".

"Respiraba de forma obscena"

La sentencia indica que la mujer acudió por un dolor de espalda, para hacerse un masaje descontracturante. En los primeros quince minutos, según la versión de la víctima recogida en los fundamentos de derecho, el masaje se desarrolló de forma normal. Después el masajista le dijo que se diera la vuelta y todo cambió: "Me masajeó la barriga y me dijo que me estaba haciendo una técnica visceral milenaria", luego "me tocó el pecho con ambas manos, como si hiciera un masaje en el pecho, respiraba de forma obscena", "me violentaba", "estaba metiéndome mano", "se recreaba sexualmente". La víctima explicó en el juicio que no lo paró porque tuvo miedo: "Pensé que o me pongo valiente y me mata, o me aguanto".

Su testimonio, según la jueza, "ha resultado plenamente creíble al ser persistente y detallado, así como razonable, lógico y sincero, por lo que ha de ser considerado prueba de cargo bastante y suficiente para desvirtuar el principio de presunción de inocencia, y desde luego prevalente frente a las alegaciones del acusado al negar los hechos".