El jurado popular dictó tras dos días de deliberaciones su veredicto: declaró a José Luis Viéitez Alonso culpable del asesinato de su vecino José Carlos Álvarez utilizando una desbrozadora en junio de 2017. El jurado considera probado que la víctima no tuvo oportunidad de defensa frente al acusado pero también le reconoció un atenuante de trastorno mental, al considerar que actuó con sus facultades mentales parcialmente alteradas por el miedo que sentía hacia el fallecido.

Según el veredicto que leyó un portavoz del jurado ayer al filo de las ocho de la noche, se declara probado que el fallecido y el acusado tenían muy malas relaciones de vecindad por problemas de lindes y el uso del un camino, que derivó después en denuncias cruzadas mutuas y en una agresión con una barra de hierro del Juan Carlos hacia el acusado, José Luis.

Concluye el jurado que aquella mañana, el acusado se encontraba en el camino por el que tantos problemas habían tenido y que tenía en sus manos una desbrozadora encendida. Señalan que entonces la víctima y su hija se acercaron a él y avanzaron hacia él, señalando que la joven le agredió con el móvil, o que, aún no habiéndole agredido, sí se dirigieron hacia él aproximándose. Los jurados llegaron a la conclusión de que ante el trastorno que padecía el acusado por el pánico que tenía el acusado hacia el fallecido, este simple acercamiento fue tomado como una amenaza que le provocó un "estallido de miedo" que fue lo que mermó parcialmente de forma severa su capacidad volitiva y parcialmente la intelectual.

Señalan que, a continuación, el acusado le dio un primer golpe a la víctima que seccionó su nariz y le causó graves heridas en la cara que le causaron dificultad para ver y respirar. A continuación, consideran probado que la hija del fallecido comenzó a grabar al acusado con su cámara y que entonces fue cuando José Luis le atacó a ella con la desbrozadora.

Así las cosas, la Fiscalía mantuvo su petición de 18 años de prisión para el acusado. Doce años por un asesinato con la atenuante de trastorno mental por el miedo que sufría y seis por lesiones con deformidad a la hija del fallecido. La acusación particular rebajó su petición a 20 años por asesinato con la atenuante ya señalada y 11 años, dos meses y 19 días por el asesinato en grado de tentativa.

Finalmente, la defensa pide la aplicación de las penas mínimas por asesinato. Ahora, la decisión final está en manos de la magistrada que presidió el jurado que ya anunció que dictará sentencia recogiendo expresamente lo establecido por el jurado en el objeto del veredicto.

El malestar ayer era enorme en la Audiencia con la Xunta de Galicia ante su falta de previsión, que obligó a la propia administración de justicia a solventar el alojamiento de las nueve personas que conformaron el jurado debido a que en la noche del lunes no lograron unanimidad en el veredicto, y tal y como marca la ley debían de permanecer incomunicados y se les debía garantizar la manutención y un alojamiento en hotel hasta que alcanzasen un veredicto.