Un jurado popular integrado de cinco hombres y cuatro mujeres juzgará a partir de este lunes en la Audiencia de Barcelona a Juan Francisco López Ortiz, acusado de agredir sexualmente y asesinar a Laia, una niña de 13 años en Vilanova i la Geltrú (Garraf) el 4 de junio de 2018. La fiscalía reclama para el procesado 10 años de cárcel y prisión permanente revisable, así como una indemnización de 450.000 euros para los familiares de la víctima. El crimen conmocionó la población. Este lunes la fiscalía, acusación y defensa realizarán sus alegaciones iniciales y después declararán varios testigos, entre ellos familiares de la víctima.

"Era una niña que era feliz y que fue asesinada de una forma salvaje, brutal, en un escenario dantesco", resumió la fiscala María José Franco. La acusación particular, ejercida por el abogado Juan Carlos Zayas, aseguró que el acusado es una persona "calculadora" y no un enfermo como deberá hacer creer la defensa. "No solo el acusado mató a una niña, sino que por la propia circunstancia del autor y la víctima se produce una imposibilidad de que la pobre niña se pueda defender (....) Posibilidad de huir, ninguna", precisó.

La defensa, que reconoce que el procesado mató a la muchacha, pidió al jurado que se centre en "qué quien" el acusado, como era él, desde cuando consumía droga. "Es un pequeño puzle que se ha de juntar y les dará una idea de quien es Juan Francisco" que, según su versión, estaba sumido en "un caos" y en una situación de "desesperación" porque su madre se moría. "Perdió el mundo de vista", reconoció la letrada. "Ese día estuvo consumiendo droga y alcohol", admitió. "El creía que se estaba defendiendo de un atacante en su vivienda", sin darse cuenta que era una niña, insistió.

El cadáver de la Laia, nacida en China y adoptada cuando era un bebé, fue hallado semidesnudo debajo de un colchón en el domicilio del acusado, que vivía en el mismo edificio que los abuelos paternos de la menor, tres horas después de su desaparición, cuando los tíos de la víctima entraron por la fuerza en la casa del hombre tras notar una conducta extraña. El imputado, un hombre de 45 años con un antecedente por violencia doméstica en su proceso de divorcio, hacía poco que se había trasladado a vivir a casa de sus progenitores, que no estaban en el domicilio cuando ocurrieron los hechos.

La niña estaba con sus abuelos, que la habían ido a recoger al colegio, y salió de casa de estos, situada en el mismo bloque de Vilanova donde residía el detenido, hacia las 18.50 horas porque su padre la esperaba frente al portal. "Creció y se educó en una familia de Vilanova, donde era muy deseada, querida por sus padres y su entorno. Era feliz. Y especialmente ese día porque al día siguiente se iba de colonias", explicó la fiscala. Cuando Laia bajaba sola por las escaleras para encontrarse con su padre, que le había ido a buscar, el acusado, que se percató de su presencia, supuestamente la introdujo en su domicilio "con la finalidad de satisfacer un perverso deseo sexual", según la fiscalía.

En el interior de la vivienda le puso una correa de paseo canina por el cuello y le clavó un cuchillo de cocina en distintas partes del cuerpo. También abusó sexualmente de ella mientras incrementaba la presión de la correa canina sobre el cuello, hasta que finalmente provocó la muerte de Laia por asfixia.

Buscaba la vejación y el sometimiento

La niña, detalla la acusación pública, "no tuvo posibilidad alguna de defensa eficaz", por cuanto no esperaba el ataque inicial" del procesado, ni tenía apenas "ninguna capacidad para oponerse al mismo" por su "diferencia de envergadura y fuerza. La fiscalía sostiene que López Ortiz "actuó con la búsqueda y añadida satisfacción de causar" a Laia "el mayor sufrimiento posible" por lo que, además de propinarle golpes en la cara. "El acusado actuó con la búsqueda y añadida satisfacción de provocar un sentimiento de una absoluta vejación y total sometimiento" de la víctima "simbolizado en la colocación de una correa de pase canina sobre el cuello" de la menor, "teniendo en cuenta, además, la personalidad todavía muy infantil" de la muchacha.

En su primera declaración ante el juez de instrucción, el detenido dijo en su defensa que no recordaba haber cometido el crimen, alegando que en el momento de los hechos se encontraba bajo los efectos del alcohol y las drogas. La defensa califica la acción del procesado de homicidio (imprudente o agravado) y pide que se le aplique la eximente o atenuante de consumo de droga y la reparación del daño, por haber puesto a disposición del tribunal su patrimonio para el pago de la indemnización a la familia de la menor. Por ello, el abogado de Ortiz solicita para su cliente un máximo de 14 años de cárcel. El juzgado embargó la herencia que iba a recibir el imputado de su madre.