La sección segunda de la Audiencia Provincial de Ourense ha absuelto a un acusado de agredir sexualmente a una mujer en una de las entreplantas del edificio donde el sospechoso residía con su familia. La Sala considera que carece “de una convicción fundada para estimar acreditados los hechos objeto de acusación más allá de toda duda razonable”, por lo que, en aplicación del principio in dubio pro reo, absuelve al acusado. El testimonio de la denunciante, según el tribunal, “se diluye por la falta de persistencia en la incriminación y la falta de coherencia externa en determinados aspectos esenciales”. El ahora absuelto y la víctima se conocieron en una discoteca la madrugada del 13 de septiembre de 2019. Sobre las 6 horas abandonaron el local y acabaron en el rellano de un portal. “Le dije que no quería varias veces y apartaba la cara si intentaba besarme [...] Siguió, empecé a agobiarme y a llorar. Una de las veces me pegó una bofetada, me agarró por el cuello y me dijo: yo sé que te está gustando, puta. Miré hacia los lados y solo veía paredes blancas, sentí bastante miedo y paré, me quedé bloqueada. Solo quería que acabara para poder salir”, relató ella en su interrogatorio.

La Fiscalía solicitaba una condena de 9 años de prisión, más 5 de libertad vigilada, 9 de alejamiento y 32.700 euros de indemnización para la víctima, más otros 362 euros para el Sergas por los gastos de atención prestados. Una psicóloga y los forenses consideraron compatible su trauma con un ataque sexual.

La acusación particular pedía 10 años de cárcel y el mismo tiempo de alejamiento, así como 5 años de libertad vigilada y una indemnización un poco mayor, de 34.500 euros. Por el contrario, la defensa solicitaba la absolución que ahora ha fallado la Audiencia Provincial de Ourense.