Sentencia

Cárcel para el periodista ultra que publicó la foto de la violación a la víctima de 'La Manada'

Tres años de condena para el director de La Tribuna de Cartagena, que se define como "cristiano y joseantoniano". El juez considera que "cosificó" a la joven, a la que desacreditó y llamó "borracha"

Los cinco miembros de La Manada, condenados por agresión sexual.

Los cinco miembros de La Manada, condenados por agresión sexual.

La víctima de 'La Manada' estaba "en el ojo del huracán" cuando Josele Sánchez, director del periódico ultraderechista La Tribuna de Cartagena, publicó un artículo en su web titulado "Yo no te creo", donde acusaba a la joven violada durante los Sanfermines de 2016 de ser una "borracha" que "fue a follar" tras "decidir montárselo" con los cinco sevillanos que la agredieron en un portal de Pamplona. Así lo recoge la sentencia del juzgado de lo penal 2 de Cartagena, a la que ha accedido CASO ABIERTO, que condena al periodista a tres años de cárcel e inhabilitación por un delito contra la integridad moral en concurso con otro de revelación de secretos.

El juez concluye que Josele Sánchez, que también difundió los datos personales de la víctima y una fotografía tomada por los miembros de 'La Manada' durante la violación, "vejó gravemente" a la chica con "ánimo de causarle daño" cuando escribió el 4 de mayo de 2018: "Mira, niña, yo no te creo. Tú no dijiste "NO" en ningún momento. Y, efectivamente, no te violaron (…). Irse con cinco tipos a un hotel no es para jugar a las cartas. Quisiste ir de guay y tener una experiencia de liberación femenina de esas de las que tanto se habla –e incluso se aconseja- ahora con la ideología de género"; o: "llevabas tal borrachera que decidiste montártelo con cinco macarras de mierda. Pero fuiste a follar, nadie te obligó, lo hiciste porque te lo pidió tu cuerpo serrano".

Degradante y vejatorio

"Las expresiones son claramente vejatorias, pero sobre todo es patente tal carácter en la publicación del nombre, apellidos, domicilio, centro de estudios universitarios de la víctima, etc, puesto que desde luego carecen por completo de relevancia para la opinión remitida", concluye el magistrado en su resolución.

El juez recuerda que la sentencia que condenó a los cinco violadores sevillanos "es la realidad jurídica, por encima de pensamientos, creencias u opiniones"

El periodista publicó fotografías en las que se podía ver a la víctima cuando estaba siendo obligada a practicar el llamado "beso negro" a uno de los condenados, José Ángel Prenda, "lo que reviste un carácter particularmente degradante y vejatorio", añade la sentencia. El juez resalta que la chica "había rehusado ver esa instantánea durante el juicio en la Audiencia de Navarra".

Una joven anónima

Josele Sánchez "difundió estos contenidos con intención de vulnerar la privacidad de la víctima y a sabiendas de su carácter ilícito", cuando según el magistrado debía "haber extremado la prudencia" incluso a la hora de emitir sus opiniones sobre la sentencia que condenaba a 'La Manada': "Nos encontrábamos ante unos hechos extremadamente delicados, una agresión sexual en grupo frente a una joven completamente anónima, que súbitamente se encuentra en el ojo del huracán en relación a una sentencia que dio lugar a todo tipo de debates, con repercusión mediática en informativos, manifestaciones a escala nacional, etc".

"Todas estas circunstancias exigen que las opiniones respecto de los hechos enjuiciados extremen la prudencia, máxime cuando el procedimiento de origen finaliza con una sentencia condenatoria en la que se reconoce a la perjudicada la condición de víctima de un delito de naturaleza sexual", añade. El magistrado Álvaro Bellas recuerda al periodista que "finalmente esta y solo esta (la sentencia que condena a los cinco violadores sevillanos) es la realidad jurídica, por encima de pensamientos, creencias u opiniones".

Términos hirientes

El juez reconoce que "es perfectamente lícito estar en desacuerdo con una sentencia, pero desde luego no resulta amparado por la ley el empleo de términos hirientes o lacerantes ante quien resulta ser víctima en un delito contra la libertad sexual y menos aún la publicación de fotografías de claro contenido sexual y la difusión de datos de identificación de la víctima".

El condenado pide a otros que luchen "contra la ideología de género" y para "que el varón no sea criminalizado"

Durante el juicio, el ahora condenado esgrimió su derecho a la libertad de expresión para justificar su publicación, un argumento que el magistrado rechaza: "la vida sexual de una persona debe en todo caso estar a salvo de intromisiones ilegítimas en el derecho a la intimidad que debe presidir todo acto de naturaleza sexual y, en el supuesto que nos ocupa, la fotografía pudo ser observada por un colectivo indeterminado de personas a través de las redes, sin el consentimiento de la afectada y con todas las circunstancias particulares propias del caso".

Con su publicación Josele Sánchez "dio lugar a la cosificación de la víctima, puesto que la convirtió en un mero instrumento para defender el carácter voluntario del acto sexual", recoge la sentencia.

Aumento de visitas en la web

El juez tampoco cree al periodista cuando asegura que desconocía que la Audiencia de Navarra había prohibido expresamente difundir datos que permitieran identificar a la víctima de La Manada: "el propio acusado ha revelado en su declaración un minucioso conocimiento del caso. Pero es que además el propio acusado manifiesta que su web experimentó un importantísimo aumento en el número de visitas tras la publicación del artículo y que, además, participó como contertulio en un programa de la cadena autonómica vasca ETB, con lo que no se puede sostener el desconocimiento de una resolución tan relevante".

La sentencia también desmiente a Josele Sánchez sobre el momento en que borró el artículo de la web de La Tribuna de Cartagena: "El acusado relata que solamente permaneció en el aire unas horas, lo cual se contradice absolutamente con el oficio de la Policía, la publicación permaneció en la página web durante semanas".

Como consecuencia de su publicación, la víctima "recibió numerosos mensajes anónimos a través de internet (insultos, amenazas, montajes fotográficos...), que afectaron a su estado de ánimo y a su situación psicológica y sufriendo ansiedad generalizada", señala la resolución.

"Relaciones consentidas"

Tras conocer la sentencia que lo condena, Josele Sánchez subió un vídeo a Youtube en el que se reafirma en su publicación y vuelve a identificar públicamente a la víctima: "A diferencia de la fiscal que me acusó y del juez que me ha condenado, yo he visto la cinta donde se producen las relaciones sexuales entre (nombre de la joven), que es la víctima supuesta y los miembros de 'La Manada', que me parecen despreciables pero que en ningún caso fueron violadores. Se trató de unas relaciones sexuales consentidas".

El condenado, que se define como "cristiano y joseantoniano (en alusión al líder de La Falange)", asegura que irá a prisión "sin ningún temor", porque "creo que vale la pena jugársela para llevar la contraria a la verdad oficial que se intenta imponer". Y anima a otros a seguir sus pasos: "te pido que te comprometas, que luches contra la ideología de género, contra la hipersexualización de la sociedad, contra esas clases de educación sexual que ahora van a dar obligatorias a nuestros niños, que a los seis años les quieren enseñar a estimular sus zonas erógenas. Si de verdad te importan tus hijos o tus nietos, que el varón no sea criminalizado por el hecho de ser varón…".

Josele Sánchez termina anunciando que desobedecerá la resolución del juez que lo ha condenado y que le prohíbe ejercer el periodismo durante los próximos tres años: "aunque lo tenga prohibido por sentencia, desde prisión seguiré escribiendo".