Las plataformas OTT, que son las que ofrecen contenido de vídeo en streaming a través de internet, como Netflix o HBO, también deberán contribuir con un 5% de sus ingresos en España a la financiación de obra audiovisual europea, al igual que hacen las televisiones tradicionales, según se recoge en el anteproyecto de la nueva ley audiovisual.

El documento, que el Gobierno acaba de someter al trámite de audiencia pública y que también prevé una flexibilización del tiempo de publicidad que emiten todos los medios audiovisuales, equipara las obligaciones de las plataformas OTT con las de las televisiones tradicionales y de pago para financiar producciones europeas. La obligación afectará a todos los prestadores del servicio en España, incluso a los radicados en otro país europeo pero que dirijan sus servicios a España. Se distingue entre prestaciones de las empresas con ingresos superiores a los 50 millones de euros y a los que facturen por debajo de esta cantidad.

En el primer caso deberán destinar el 5% de sus ingresos a obra audiovisual europea o contribución al Fondo de Protección de la Cinematografía. De esa cantidad, un mínimo del 70 % será para financiar obras audiovisuales de productores independientes, y un mínimo del 40 % a cine también de productores independientes de cualquier género y en cualquiera de las lenguas oficiales.

Para las compañías que ingresen menos de 50 millones, también destinarán ese mismo porcentaje del 5% a idéntico fin y además a la compra de derechos de obra terminada, con un mínimo dedicado a financiar obras de productores independientes. Sin embargo, el anteproyecto exime de estas obligaciones a las empresas con facturación inferior a los 10 millones de euros.

Se dará mayor flexibilidad a la distribución del tiempo de la publicidad comercial televisiva, que hasta ahora estaba fijada en 12 minutos por hora de emisión; pasará a un límite máximo de 144 minutos entre las 6 de la mañana y las 18.00 horas y a otro máximo de 72 minutos entre esa hora y la medianoche.