El proyecto de ley de protección y derechos de los animales, que el Gobierno sacó el miércoles a consulta pública, contiene disposiciones novedosas en torno a la protección de los animales, especialmente las mascotas. El objetivo del Ejecutivo es que haya "abandono y sacrificio cero" de animales de compañía, pero la ley contiene otras muchas medidas que, según el Ministerio de Derechos Sociales, supondrán un "antes y un después" en la protección de los animales que conviven con los humanos. Algunas de ellas polémicas. Estas son las claves del borrador legal, que aún tiene que pasar por el Consejo de Ministros, los órganos consultivos y las Cortes, por lo que sufrirá modificaciones y no verá la luz, como pronto, hasta finales de 2022.

1. No podrán vivir en terrazas o patios

El borrador legal establece que los propietarios de mascotas deberán “mantenerlos integrados en el núcleo familiar, en buen estado de limpieza e higiene”. No podrán dejarlos en terrazas, patios o sótanos, ni en vehículos cerrados, expuestos al calor o al frío, ni atados a las puertas de un establecimiento sin supervisión. Tampoco podrán deambular por espacios públicos sin alguien que los vigile. Y los animales que, por razones de bienestar, tamaño o características de su especie, no puedan convivir en el núcleo familiar, deberán disponer de un alojamiento adecuado, con habitáculos acordes a sus dimensiones y que los protejan de las inclemencias del tiempo, en buenas condiciones de esmero y pulcritud.

2. Curso y recoger los excrementos

De aprobarse la norma, todos los dueños de los perros deberán superar un curso formativo, “con el objetivo de facilitar una correcta tenencia responsable”. Asimismo, la ley establece que un animal de compañía no podrá estar solo tres días consecutivos y, en el caso de los perros, el plazo no podrá ser superior a 24 horas. Asimismo, insta a "evitar que los animales depositen sus excrementos y orines en lugares de paso habitual de otras personas, como fachadas, puertas o entradas a establecimientos, procediendo en todo caso a la retirada o limpieza de aquéllos con productos biodegradables". 

3. Cero sacrificio

La ley prohíbe el sacrificio de animales de compañía, solo se autoriza por razones sanitarias o eutanásicas, lo que puede abrir la puerta a que se sigan matando algunos con enfermedades incurables pero tratables o con heridas graves, según el presidente de la protectora El Refugio, Nacho Paunero. Autonomías como Catalunya o Madrid ya tienen leyes que impiden el sacrificio, pero el Gobierno quiere homogeneizar la situación y prohibir esta práctica en toda España.

4. Prohibido criar y vender en tiendas

La ley puesta también por el “abandono cero”, para lo cual se incorporan medidas como la identificación obligatoria de las mascotas, sanciones a quienes abandonen o límites para la cría. Si la ley ve la luz, ningún particular podrá criar sus propias mascotas. La cría y venta sólo podrá realizarse por profesionales registrados.

Esto implica que dejarán de venderse mascotas en tiendas y que se obligará a la esterilización de los animales que habitualmente vivan en espacios abiertos y puedan relacionarse con otros animales de la misma especie y distinto sexo. Asimismo, se prohibirá su exhibición y exposición al público con fines comerciales, excluidos los peces.

5. Los zoos no podrán criar

El borrador legal prohíbe específicamente la cría de animales salvajes alóctonos, es decir, originarios de otro país, tanto terrestres como marinos, así como comerciar con ellos, en particular para la explotación de sus pieles o subproductos. Y los zoológicos o delfinarios no podrán criar ni adquirir animales nuevos, salvo aquellas especies amenazadas.

6. Prohibido tener animales silvestres

El borrador legal prohíbe la tenencia de animales de especies protegidas por normas internacionales de aplicación en España, estatales o autonómicas, así como la tenencia de animales silvestres en domicilios particulares, así como en recintos no debidamente cercados o adaptados a la naturaleza del animal, y su circulación por espacios públicos o locales abiertos al público.

7. Circos sin animales salvajes

Se prohíben los circos con animales salvajes, así como las peleas y riñas de animales, el tiro al pichón y el tiro al tubo. También se impide usar pinchos, collares y otros similares que ahorquen a los animales o aparatos eléctricos que les causen sufrimiento. Y, para evitar el sufrimiento animal en romerías, cabalgatas o procesiones, los animales no podrán estar inmovilizados. Sin embargo, la ley deja fuera a la tauromaquia, que causa tanta controversia que podría hacer que la norma no vea la luz.

8. Fin a los perros peligrosos

La ley considera que ningún animal es peligroso por su raza y que los perros deben ser valorados individualmente. Por eso se elimina la lista de perros peligrosos, “sin perjuicio de que, reglamentariamente, se establezcan las condiciones en que deberían manejarse, previa realización de un estudio de sociabilidad”.

9. Registro y santuario de animales

El anteproyecto crea un sistema nacional de registros de protección animal (SERPA), que incluirá un registro nacional de animales de compañía, un registro de núcleos zoológicos de mascotas, un registro de inhabilitados para la tenencia de animales, de entidades de protección animal y de profesionales expertos en comportamiento. Asimismo, la ley crea la figura del santuario de animales y establece especial protección para las colonias de felinos, que se gestionarán mediante el método CER de captura, esterilización y retorno.

10. Evacuación en catástrofes

La ley fija que los planes territoriales de emergencia de las comunidades deberán incluir instrucciones relativas al modo de evacuación de los animales en casos de catástrofe. En particular deberán contemplar el número de animales a evacuar; una relación de lugares donde reubicarlos; medidas para facilitar que sean alojados provisionalmente junto con sus dueños; la manutención de los mismos y protocolos de atención urgente, protección y liberación, recuperación o eutanasia de animales marinos vivos varados.