Tres meses para convocar otros comicios, según los estatutos
El artículo 28 de los estatutos de la patronal gallega establecen que, en ausencia o vacante del presidente, "le sustituirá la junta de vicepresidentes, a cuyo frente estará el vicepresidente que durante más años haya desempeñado el cargo de presidente en una de las cuatro" confederaciones provinciales. Así, Antonio Fontenla será de nuevo la cabeza visible de la institución, mismo rol que asumió en octubre de 2016 por la renuncia de Dieter Moure. "En caso de vacante de la presidencia -continúa el artículo 23-, en el plazo de dos meses se convocarán nuevas elecciones y quien resulte elegido iniciará un nuevo mandato". En este punto hay, de nuevo, dos posiciones enfrentadas. De un lado, los que consideran que no se dan las condiciones para iniciar un nuevo proceso electoral por la crisis interna de la confederación; de otro, los que abogan por celebrarlas en un plazo "breve" tras designar a un candidato "de consenso".
Es la postura que defiende el patrón de patronal de Pontevedra, Jorge Cebreiros, muy distinta a la de su predecesor, José Manuel Fernández Alvariño. Para este último la junta de vicepresidentes debería estirar el periodo de interinidad hasta que se calmen las aguas. Si se cumplen los estatutos, en abril la CEG debería elegir al noveno presidente de su historia.
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