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Se eleva a 75 años la edad mínima para entrar en residencias

Solo tendrán derecho aquellos mayores que se encuentren en situación de emergencia social - La edad ya no se tendrá en cuenta cuando el usuario tenga reconocida una dependencia

Se eleva a 75 años la edad mínima para entrar en residencias

La Consellería de Benestar prepara una nueva orden para regular el ingreso y el traslado en los centros públicos y concertados de dependientes y también de las personas mayores que se valen por sí mismas, pero que quieren entrar en un residencia de libre concurrencia. Una de las novedades es que se elevará la edad mínima, hasta los 75 años, para conceder a una persona autónoma el derecho para acceder al servicio. Por debajo de esa edad, solo podrán entrar los que tengan reconocido la dependencia o se encuentren en situación de emergencia social.

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