Prisión permanente revisable al joven que mató a sus padres y su abuelo en Tenerife
El tribunal dice que las muertes se produjeron con alevosía y ensañamiento y agravante de parentesco
La sección segunda de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha condenado a prisión permanente revisable al joven que asesinó a sus padres y a su abuelo en marzo de 2018 en la vivienda familiar de Arona, en Tenerife.
La sentencia, adelantada por el periódico El Día, aplica esta pena máxima por la muerte del abuelo de 87 años, mientras que le condena a 20 años por el asesinato del padre y a 22 años y seis meses de prisión por el asesinato de la madre. El tribunal considera que las muertes se produjeron con alevosía y ensañamiento y cuenta como agravante en los tres asesinatos la circunstancia de parentesco.
Los hechos ocurrieron el 23 de marzo de 2018 en la finca familiar ubicada en Guaza, en el municipio de Arona, cuando a las 03:00 horas de la mañana el joven de 25 años mató primero a sus padres de varias puñaladas y posteriormente a su abuelo, al que también asestó varias cuchilladas que le causaron la muerte.
La sentencia avala lo dicho por un jurado popular, que declaró probados que los hechos son constitutivos de los delitos de asesinato alevoso y considera que la agresión se produjo se manera "súbita, rápida, inesperada y brutal". En el caso de la madre, además, se produjo ensañamiento ya que la acuchilló más veces de lo necesario (unas 30 según el informe de la autopsia) para producirle la muerte y la sentencia recuerda que el encausado puso de manifiesto un sentimiento de odio e inquina hacia su progenitora.
La sentencia descarta que el condenado sufriera un trastorno metal transitorio como alegó su defensa y recuerda que el día de los asesinatos fue él mismo el que llamó a los servicios de emergencia y alegó que un ladrón había entrado en su casa y matado a sus padres. El joven relató esa noche detalladamente los hechos y se mostró orientado, lo que es incompatible con un trastorno o brote psicótico, agrega el texto judicial.
Además indica que no se detectaron rastros de drogas tóxicas ni alcohol y señala que tampoco se pueda aplicar como atenuante el reconocimiento de los hechos, ya que el condenado solo reconoció ser el autor de las tres muertes cuando constató que las sospechas recaían sobre él.
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