Archivan la imputación a 14 usuarios de las tarjetas 'black'
El juez Andreu desestima la causa sobre los exdirectivos de Caja Madrid porque ha prescrito el delito de apropiación
El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu ha archivado la causa ha archivado la causa de las tarjetas opacas contra catorce exdirectivos de Caja Madrid porque ha prescrito el delito de apropiación indebida al pasar más de cinco años "desde el día en que se habría cometido la última infracción".
En otros tantos los autos, a los que ha tenido acceso EFE, se detallan los gastos de los catorce hasta ahora imputados y la fecha del último movimiento, que se sitúan entre 2003 y 2006, con lo que habría prescrito el delito de apropiación indebida.
Se trata de José Carlos Contreras, que cargó a su visa "black" 23.827 euros; Joaquín García Ponte (21.135), María Elena Gil (72.479), José Luis Acero (10.163), Rafael Pradillo (28.682), Ángel Rizaldos (20.176) e Ignacio Varela (35.722).
También José María del Río, que desembolsó con su visa 47.723 euros; Domingo Navalmoral (42.966 euros); Ignacio del Río (21.029); Miguel Muñiz de las Cuevas (20.866); José Nieto (19.800); José Caballero (19.790 euros) y José María García (1.963).
El juez Andreu explica en su resolución que el delito de apropiación indebida que les atribuyó prescribe a los diez años en caso de que las cuantías superen 50.000 euros, y a los cinco si no la sobrepasan.
Así, debe declarar "extinguida" para estos catorce exdirectivos "la responsabilidad penal" porque la última vez que utilizaron la tarjeta .
Inicialmente, Andreu les imputó el pasado enero como al resto de los 81 exdirectivos y exconsejeros usuarios de las tarjetas B, pero después citó a declarar a 67 personas.
El magistrado tiene aún pendiente pronunciarse sobre el archivo provisional de la causa de cuatro exdirectivos, entre ellos el exjefe de la Casa Real Rafael Spottorno.
La Fiscalía Anticorrupción apoyó el sobreseimiento provisional al considerar que ni Spottorno, ni Carlos Vela, ni Ricardo Morado ni Juan Astorqui eran administradores de la entidad y, por tanto, no tuvieron capacidad de decisión sobre esta.
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