El juez prohíbe a Gas Natural el cobro de demoras tras un año
No podrá interrumpir el suministro o inscribir a los clientes que no abonen las facturas en una lista de morosos
El juzgado de lo Mercantil número uno de A Coruña ha prohibido de manera cautelar a Gas Natural Fenosa que emita facturas por consumos de energía eléctrica con una demora superior a un año.
El Ministerio Fiscal ha reclamado, a través de una demanda colectiva, que se prohíba a la empresa que haga refacturaciones de más de un año y ha pedido que, en caso de impago de estas facturas complementarias, no se pueda proceder a un corte de suministro ni a la posible inclusión de los clientes en una lista de morosos.
Antes del juicio el pasado lunes 4 de abril, se celebró una vista de medidas cautelares que derivó en un auto fechado el pasado 29 de marzo.
"Acuerdo la prohibición a Gas Natural de emitir facturas por consumos de energía eléctrica con una demora superior a un año, e interrumpir el suministro en el caso de que no sean atendidas o inscribir a los clientes que no las abonen en cualquier registro de solvencia patrimonial, mientras dure el proceso", establece el juez.
En este sentido, estima íntegramente las pretensiones de la Fiscalía para "asegurar la efectividad de la tutela judicial que pudiera otorgar en la sentencia estimatoria que se dictase".
"Es más que evidente que, en las presentes actuaciones, existe un evidente peligro el cual es que, durante la tramitación de este procedimiento, se sigan sosteniendo en el tiempo dicho actuar", agrega el auto.
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