Las casas heredadas ya se pueden vender sin esperar a herederos
La supresión de un artículo de la ley hipotecaria anuncia una agilización y eliminación de incertidumbres en la compraventa de viviendas. Se suprime el artículo 28, que establecía que las inscripciones de fincas o derechos reales adquiridos tras una herencia o legado no surtirían efecto hasta dos años después de la muerte en previsión de la aparición de herederos inesperados. El cambio legal fue publicado en el BOE el pasado 3 de junio pero entró en vigor ayer.
Temas
Pulsa para ver más contenido para ti
Más en Economía
-
Ferrovial prevé debutar en el Nasdaq el próximo 9 de mayo
-
El Sabadell plantará cara al BBVA: valora rechazar la oferta o pedir un precio mejor
-
Cabify ejecuta una veintena de despidos en el 'staff' mientras prepara su salida a Bolsa
-
El consumidor español encara la primavera con optimismo económico, pero sin atreverse a dar aún rienda suelta al gasto
Comentarios
Ver comentarios