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BERGONDO

Una empresa reclama 161.000 euros a Bergondo por no poder construir

Presenta un contencioso para que el Concello le devuelva el dinero que le pagó en su día por el aprovechamiento de una urbanización en Costa de Ouces que fue anulada por los tribunales

Una empresa reclama 161.000 euros a Bergondo por no poder construir

La promotora Inversiones Martínez Bello, SL ha presentado un recurso contencioso administrativo contra el Ayuntamiento de Bergondo para que el pague 161.407 euros a causa de una urbanización que no pudo ejecutar en Costa de Ouces porque primero la Xunta y luego el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) en 2008 anularon el proyecto por ser incompatible con el tipo de suelo en el que se ubicaba, de núcleo rural.

La urbanización no se ejecutó porque fue anulada pero el Concello ya había vendido a la misma promotora el 10% del aprovechamiento que ésta le había cedido, y ese dinero es el que ahora le reclama que le devuelva, sumando el IVA.

El Gobierno local confirmó ayer que tiene intención de abonar el dinero que en su día le pagó la empresa pero no está de acuerdo con pagarle también el IVA como plantea la promotora, razón por la que ésta fue al contencioso.

El Ejecutivo sin embargo está dispuesto a abonarle el dinero y prevé estudiar cómo hacerlo, si mediante un expediente de reconocimiento extrajudicial de crédito o incluyendo una partida (podía ser toda o una parte, a abonar en plazos) en el presupuesto de este año 2013.

Todo este proceso se inició hace más de una década, en 2005. El pleno de Bergondo, en diciembre de ese año, aprobó el estudio de detalle para construir un bloque de viviendas en Costa de Ouces, promovido por Inversiones Martínez Bello. La Xunta sin embargo en 2006 ordenó al Concello que lo anulase porque la legislación vigente entonces no permitía esa tipología en suelo de núcleo rural y la construcción proyectada excedía en plantas, alturas y volúmenes permitidos. El Gobierno local sin embargo ignoró la orden.

El entonces alcalde, José Fernández, aseguró que los técnicos municipales entendían que ese suelo era "urbano". La Xunta acudió al contencioso y el TSXG en 2008 le dio la razón: en núcleo rural sólo se permitían edificios de como máximo bajo, una planta y bajo cubierta y el proyecto de la empresa incluía bajo, dos plantas, bajo cubierta, dos semisótanos y tres sótanos.

La altura máxima permitida eran siete metros y el edificio proyectado llegaba a los 11,50 metros. En cuanto al volumen de la edificación y la forma de la cubierta también incumplían la ley gallega del suelo.

La promotora, con sede en Vigo, reclama la monetarización, es decir, que el Ayuntamiento de Bergondo le devuelva el dinero de la venta del aprovechamiento urbanístico, una vez que los tribunales confirmaron la imposibilidad de construir en esa zona de Costa de Ouces, al borde de la carretera.

La empresa tenía que ceder el 10% de la edificabilidad al Concello por la actuación urbanística y lo hizo. El Ayuntamiento bergondés a su vez, vendió dicho aprovechamiento a la promotora y el dinero que le pagó es ahora el que se reclama, doce años después. El contencioso fue presentado el pasado año.

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