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A CORUÑA

El juez absuelve a Santiso e inhabilita a Rocha y tres técnicos por prevaricación

Falla que no hay pruebas de que el alcalde de Abegondo supiese que delinquía, aunque "la interpretación lógica de lo sucedido y su duración" apunta a que "conocía lo que hacía"

El juez absuelve a Santiso e inhabilita a Rocha y tres técnicos por prevaricacióncasteleiro/roller agencia

El Juzgado de lo Penal número 2 de A Coruña ha absuelto al actual alcalde de Abegondo, José Antonio Santiso, del delito de prevaricación urbanística por la parcelación y construcción de decenas de viviendas con licencias ilegales en el suelo rústico. Sí halla culpable al exalcalde, Juan José Rocha; a quien inhabilita para cargo público relacionado con la construcción por 8 años e impone multa económica de 10 euros diarios por 22 meses, y a tres técnicos. Contra la sentencia cabe presentar recurso de apelación en el plazo de diez días.

El juez falla que Santiso y otros cinco acusados no pueden ser condenados por prevaricación por no haber pruebas que de actuaron con conocimiento e intención de vulnerar la ley, al no constar informes contrarios del secretario municipal, que falleció antes de abrirse la causa. Sin embargo, considera acreditado que Rocha y tres técnicos sí sabían que vulneraban la ley y conocían los informes contrarios de la secretaria, que incluso los discutió con ellos y los metió por registro "para evitar que desaparecieran".

La sentencia dicta, en relación a Santiso y los otros cinco absueltos, que "aún cuando la interpretación lógica de lo sucedido y su duración en el tiempo permite entender que conocían lo que hacían, dicha lógica no está fundada en pruebas sólidas que permitan romper el principio de presunción de inocencia, ni lo que es más importante, el principio básico de interpretar la prueba siempre a favor del reo". El juez no considera acreditado que conocieran la ilicitud de la "trama" -reseña su falta de formación urbanística y jurídica- o que tuviesen interés en ellas. Añade que "no se ha podido acreditar cuál era el sentido de los informes del anterior secretario, pues aunque es ilegal no constan" y los técnicos "se encargaron de faltar a la verdad" en sus informes, favorables. "No se puede afirmar la existencia de un dolo directo y duplicado en quien ni siquiera se ha probado que conociese la ilicitud de las licencias", sentencia. "Llevaba diez años condenado", dijo Santiso emocionado tras recibir la sentencia a personal municipal cercano que le esperaba a las puertas de la sala.

La pena más grave es para el arquitecto técnico que trabajó para el Concello y desde allí informaba a favor de licencias y proyectos diseñados en su propio estudio particular, e incluso medió en ventas, Antonio Carro. Es condenado a dos años de cárcel -que no cumplirá al no tener antecedentes-, inhabilitación especial para el ejercicio de todo cargo o empleo público relacionado con la construcción por 10 años e inhabilitación para el sufragio pasivo. Además, deberá derribar su vivienda, construida de modo ilegal dentro del "pelotazo urbanístico" juzgado. El arquitecto técnico Manuel Cortón recibe la misma pena que Rocha y la arquitecta Cristina Ballón, inhabilitación para cargo o empleo público relacionado con construcción por 7 años y multa de 5 euros diarios por 18 meses.

La sentencia abunda en el relato detallado de la "trama ilícita", con un repaso a los detalles de las fincas parceladas, la concesión de las licencias ilegales para edificar en ellas y la posterior aprobación de reformados que eran en realidad "proyectos nuevos" para construir y sortear la caducidad de las licencias iniciales que, al haber transcurrido seis meses sin obrar y dos años sin acabarse, debieron declararse caducadas de forma automática.

El juez, José Antonio Vázquez Taín, considera al aparejador Antonio Carro "autor" de la "trama" de parcelaciones "contrarias a la ley, absoluta, total y groseramente contrarias a la ley" con una "vulneración flagrante y grosera" de la legalidad con la aprobación de las licencias. Falla que existen "indicios claros" e "incluso la clara certeza de que fue uno de los artífices principales de los hechos", que urdió una "trama" con "numerosas irregularidades" por un "desmedido ánimo de enriquecimiento", para el que diseñó un "delictivo plan" junto con otros particulares que, lamenta el juez, no se incluyeron en el proceso. El magistrado sentencia que su inclusión como acusados o, al menos, testigos, habría permitido dirimir una posible vinculación de los políticos con el "pelotazo urbanístico". El juez echa en falta que Fiscalía hubiera acusado a Carro, además de como funcionario público, como "promotor y técnico director de algunas obras ilegales" porque "la pena podría ser más grave".

El fallo declara ilegales de las viviendas construidas en el proceso, pero deja la decisión sobre su derribo o reposición de la legalidad, "que en algunos casos ya se ha declarado", al ámbito de la jurisdicción Contenciosa.

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