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El Superior rechaza indemnizar a Cepsa con 1,4 millones por demoler la gasolinera

El Tribunal desestima su petición por el cese de actividad en Santa Cruz

El Superior rechaza indemnizar a Cepsa con 1,4 millones por demoler la gasolinera

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) acaba de emitir una sentencia en la que rechaza que el Ayuntamiento de Oleiros tenga que indemnizar a la compañía Cepsa por el cese de actividad (lucro cesante) de la gasolinera que tenía en el cruce de Santa Cruz, expropiadas y demolidas en 2016 para construir una rotonda y dejar espacio para aparcamiento. La empresa reclamaba 1.453.982 euros y el Jurado de Expropiación en su día le reconoció 225.032 euros, justiprecio que confirmó el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 2 de A Coruña en marzo de 2019. Condena además a Cepsa a abonar las costas del juicio. Esta sentencia no es firme, se puede presentar recurso de casación.

Cepsa planteó después otra demanda, que fue rechazada por un juzgado coruñés, y tras apelar la sentencia ahora el TSXG de nuevo confirma esta decisión de negarle indemnización. Los magistrados señalan quen la compañía se limitó a una “mera repetición de los argumentos” que esgrimió en el primer juicio, por lo que se trataría de una “cosa juzgada” así que ya no prosperaría el recurso.

El TSXG coincide con el juez de primera instancia en que Cepsa no tiene derecho a indemnización por cese de actividad porque no acreditó que esta estación de servicio no pudiese “ubicarse en otro lugar” y además en el cálculo de valoración de bienes que realizó utilizó unos métodos que “infringen la doctrina jurisprudencial” al no ajustarse a los parámetros para actividades industriales o empresariales.

El Superior también confirma de nuevo la valoración del Jurado de Expropiación de Galicia, que fijó el justiprecio en 225.032 euros (Cepsa consideraba insuficiente la valoración del suelo). En 2018 hubo otra sentencia que reconoció el derecho de la empresa a exigir una indemnización mayor tras anularse la decisión del Concello de revocarle la licencia de actividad, pero el TSXG estimó que debía presentar otro pleito por este motivo (lo que hizo, y ahora perdió).

El Ejecutivo ya hizo entonces por si acaso una pieza de justiprecio complementaria que envió al Jurado de Expropiación. Fijó en 47.129 euros la indemnización, a sumarse a los 225.032 de expropiación del terreno que le reconoció el jurado expropiatorio en 2015.

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