Síguenos en redes sociales:

Candidatos independientes, nada más

Tal como está el patio parece una buena noticia que PP y PSOE consensúen unos cuantos nombramientos pendientes en importantes organismos. Los del Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo, seis puestos en el Consejo de Administración de RTVE y el Tribunal de Cuentas al completo desde noviembre. Sería deseable cuanto antes normalizar el funcionamiento de esas instancias, pero no de cualquier forma. No mediante un consenso que es, en realidad, un puro reparto de puestos.

La frontera entre el consenso y el simple reparto de puestos entre partidos es tenue pero decisiva en sus efectos. El consenso mira al interés general y no al propio, exige renuncia o autocontención en la búsqueda del provecho partidista. El reparto es lo contrario. La cultura de consenso identifica, reconoce, los espacios en que se ventila el interés general y quiere preservarlos libres de la contaminación partidista. El ansia de reparto, por el contrario, defiende que los partidos definen el interés general y poseen un derecho de ocupación de todo el espacio estatal y político. Los organismos arriba mencionados forman parte del conjunto de espacios en que se ventila el interés general, por eso están constitucionalmente llamados a contribuir al buen funcionamiento del sistema, objetivo superior al interés de los partidos, para lo cual necesitan preservar su independencia. Deberían ser nuestras agencias independientes, como las que en las democracias más consolidadas se consideran imprescindibles para que el delicado entramado de la separación, del equilibrio, del contrapeso entre los poderes cumpla su cometido. Son, por eso, terreno propicio para el consenso y no para el crudo reparto.

En muchos casos corresponde a las Cortes proponer candidatos a ocupar estos puestos y para ello se piden votaciones que suponen grandes respaldos a las propuestas, pero de poco sirven estas cautelas si los partidos olvidan o se desentienden de las exigencias elementales del consenso y optan descaradamente por el reparto. Veamos dos casos que ejemplifican bien lo que critico.

Si algo sobra en el Tribunal Constitucional son nombramientos polémicos, nombramientos de partido y en este sentido la propuesta del PP en favor de Enrique López, magistrado de la Audiencia Nacional, no es precisamente una lección de autocontención partidista de los populares porque recae en quien es sobradamente conocido por sus posiciones públicas muy beligerantes desde hace muchos años en medios de comunicación y en el mismo Consejo General del Poder Judicial. No se trata de cuestionar si cumple o no los requisitos legales, ni de impedir la libre opinión del propuesto, ¡faltaría más!; ni siquiera de jugar a salvar las apariencias. Se trata de no trasladar a la ciudadanía la idea de que cada partido tiene derecho a proponer a los suyos para el combate por el poder que ellos libran en cada organismo, en cada institución, por la sencilla razón de que en ellos no se decide el interés partidista sino el general que ellos no tienen por qué monopolizar. El Defensor del Pueblo es un Alto Comisionado de las Cortes para la defensa de los derechos ciudadanos a cuyo efecto supervisa la actividad de las administraciones que dirige el poder Ejecutivo. Más allá de la cuestionable utilidad de la figura en un sistema de independencia judicial, parece obvio que la máxima independencia de la figura con respecto a los poderes que ha de supervisar es condición imprescindible para su buen hacer. La imagen que guardamos del juez neutral entre las partes, independiente y partidario parece la más próxima al ideal de Alto Comisionado. Y la más alejada, la de quien exhibiera un extenso, denso y relevante curriculum de militancia partidista. No se trata de aptitudes o convicciones personales; no es esa la cuestión. Se trata de que los partidos no exijan del ciudadano un ejercicio de fe, cuando bastaría con proponer a una persona simplemente independiente.

Pulsa para ver más contenido para ti