Un tribunal de apelaciones de Estados Unidos ha prohibido la celebración de matrimonios entre homosexuales en California, hasta que los miembros de la corte decidan sobre la constitucionalidad o no de la ley que prohibía su celebración en el estado.

Los opositores al matrimonio entre personas del mismo sexo habían presentado una demanda contra el dictamen del juez federal Vaughn Walker, quien el pasado jueves decidió eliminar la conocida como proposición 8, que prohibía este tipo de uniones en todo el estado, desde su aprobación en referéndum en noviembre de 2008.

La corte de apelaciones ha ordenado a los abogados de los demandantes que presenten sus alegaciones en dos audiencias que se celebrarán el 17 de septiembre y el 1 de noviembre para poder resolver este caso. Si los argumentos presentados por los contrarios a la medida no convencen a la Corte, las uniones gais se reanudarán sin necesidad de esperar a la decisión del Tribunal Supremo.

La situación de los homosexuales es bien distinta en México, donde la Corte Suprema de Justicia declaró el pasado lunes la constitucionalidad del derecho de las personas de mismo sexo a contraer matrimonio y a adoptar hijos en el Distrito Federal. Nueve de los once magistrados del Alto Tribunal respaldaron la medida y sólo dos rechazaron la propuesta que, pese a estas negativas, fue aprobada.

El juez Salvador Aguirre Anguiano, uno de los opositores, argumentó que hay estudios de diversas instituciones que constatan la existencia de riesgos para los niños que crecen en familias con padres homosexuales. Este argumento le fue rebatido en el pleno por el magistrado Arturo Zaldívar, quien dijo que no hay estudios en México que acrediten tal afirmación.

Por su parte, la jueza Margarita Luna Ramos, en su intervención previa a la votación, expuso que la adopción de un hijo no puede estar sujeta a cuestiones de género sino de personas, con independencia de su preferencia sexual, ya que ésta no es factor que "garantice su felicidad".

Herencias en Alemania

El Tribunal Constitucional alemán declaró ayer la inconstitucionalidad de la discriminación de las parejas homosexuales frente a los matrimonios heterosexuales en el derecho hereditario y la tributación por herencias.

Los jueces dieron la razón a dos denuncias presentadas por un hombre y una mujer tras la muerte de sus respectivas parejas, de sus mismos sexos, a los que se les negó el beneficio de la declaración libre de impuestos de parte de sus herencias. En una sentencia del máximo tribunal germano se establece que los homosexuales se ven perjudicados de manera discriminatoria en el pago de los impuestos hereditarios.

Los jueces subrayan que las parejas de homosexuales tienen derecho a poder mantener el mismo nivel de vida cuando fallezca su compañero o compañera.