El Concello de Allariz podrá cobrar el Impuesto de Bienes Imbuebles (IBI) a las propiedades que la Diócesis de Ourense posee en este municipio, según establece una sentencia judicial.

El Ayuntamiento de la localidad ourensana emitió, en su día, los recibos correspondientes a cuatro fincas urbanas, no exentas de tributar el impuesto de bienes inmuebles, lo que provocó la reclamación de la diócesis de Ourense siendo esta denegada por el ente local.

Ante dicha desestimación, la entidad religiosa presentó recurso contencioso-administrativo contra el acuerdo de la Junta de Gobierno local del Concello de Allariz, pero el juez ha fallado de forma favorable para el ayuntamiento, motivando que los inmuebles de naturaleza urbana no se encuentren en ninguno de los supuestos de exención legalmente previstos.

Una resolución que el alcalde de Allariz, Francisco García, valoró ayer de forma positiva, "tanto de claridad por la garantía jurídica que ofrece, en justicia e igualdad de trato, con el resto de las personas y entidades que cumplen pagando sus tributos".

García destacó que con esta sentencia queda claro que la Iglesia y otras entidades religiosas están sujetas al pago de tributos al igual que el resto de vecinos, y se abre una vía a la revisión de los alrededor de 95 recibos que ahora tiene la Iglesia en Allariz.