El Servizo Galego de Saúde (Sergas) ha sido condenado a indemnizar a un vecino de Narón (A Coruña) por la muerte de su mujer en Ferrol pocas horas después de ingresar a causa de "pérdida de oportunidad terapéutica". Así lo informó ayer la Asociación El Defensor del Paciente, que destacó que el Sergas deberá indemnizar a A.F.R., por la muerte de su mujer, F.M.M.A., de 72 años, "a las pocas horas del ingreso en el Hospital Arquitecto Marcide de Ferrol".

La paciente ingresó el 14 de julio de 2013 a las 13.33 horas en el Hospital Arquitecto Marcide de Ferrol "con dolor abdominal tipo cólico, vómitos y diarrea de varios días de evolución", según las anotaciones del facultativo del 061 que atendió a la paciente, "que también refleja que presenta hipertensión, diabetes mellitas y bradicardias", según explicó el abogado Cipriano Castreje, cuyo bufete se ha encargado de la demanda. "Con la sintomatología reseñada, tras constatar que la paciente se encontraba muy afectada y con palidez cutánea, se le dio el alta en el Servicio de Urgencias a las 15.35 horas y se ordenó su ingreso en el Servicio de Cirugía, pautando calmantes para el dolor y ordenando realizar pruebas de imagen", apuntó Castreje.

A la paciente se le realizó una radiografía de torso a las 16.11 horas y una de abdomen a las 16.12 horas. Tras pruebas de imagen, se decidió su ingreso en planta.

El Defensor del Paciente señaló que ambas pruebas de imagen "devolvieron -al igual que ocurriera con las radiografías- un resultado no concluyente sobre la causa de la sintomatología presentada". Dos horas y media después de pautarse el tratamiento, a las 23.20 horas, se avisó a una médico de que la paciente se encontraba en situación de parada cardiorespiratoria, y mientras se realizaba un electrocardiograma, se constató que presentaba bradicardia extrema. La mujer no respondió a las maniobras de reanimación y falleció a las 23.30 horas.

De acuerdo con la anotación del Curso Clínico de las 00.09 horas del 15 de julio de 2013, tras la muerte de la paciente se revisó la radiografía de tórax de las 22.00 horas y la analítica, "constatando que en ese momento existía neutrofilia, leucocitosis y datos de fallo cardíaco que fueron obviados", según destaca la asociación. Tras el fallecimiento, además, se solicitó control de enzimas cardíacos con la sangre extraída a las 22.00 horas que confirmaron lesión. "El juzgado acoge los argumentos del abogado Cipriano Castreje, dictando una sentencia que condena a indemnizar al cónyuge viudo por tratarse, no de mala praxis médica, sino de pérdida de oportunidad terapéutica, al tener en cuenta las patologías previas de la paciente", según subrayó El Defensor del Paciente.

Tal y como señaló el perito judicial, "si se hubiesen adoptado las medidas oportunas tras la práctica de esa prueba de imagen, si ésta fuese informada como lo fue tras el fallecimiento de la paciente, la misma podría estar hoy viva, con sus patologías pero viva", según sostiene Castreje. "No es de recibo que a la vista de los datos que arrojaba la radiografía de tórax no se actuase en consecuencia", matizó el letrado encargado de la demanda.

En cuanto a la suma indemnizada, esta sentencia "satisface en parte y devuelve la dignidad a la familia", según señaló la asociación, que añade que "el dinero no es lo que les movió a reclamar". "Si bien se trata de una suma razonable, lo que se pretende es que se reconozca la mala praxis médica, no únicamente una pérdida de oportunidad", abundó.

La sentencia, que no es firme, ha sido recurrida por la familia por entender que "la mala praxis existió tal y como señala el perito judicial, y que no fue únicamente una pérdida de oportunidad terapéutica".