La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, con sede en Santiago, ha condenado a un hombre a 11 años de cárcel por abusar sexualmente de la hija menor de su pareja durante casi dos años en los que los tres residieron en un domicilio de Ribeira.

El acusado, que estuvo en prisión provisional por estos hechos casi tres meses y que reconoció a la menor como hija cuando era pequeña, tampoco podrá acercarse a la víctima durante un periodo de 12 años, tendrá que indemnizarla con 25.000 euros y le abonará 200 euros mensuales hasta su mayoría de edad.

Según el fallo emitido con fecha del 30 de mayo y dado a conocer este viernes por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), los abusos sexuales, "con tocamientos y penetración vaginal", comenzaron a mediados de septiembre 2010, cuando la víctima tenía 11 años, y se prolongaron en el tiempo hasta que la víctima decidió ingresar en un centro de menores en el año 2012.

"El procesado le exigía que no se lo contara a nadie, diciéndole que no la iban a creer y, si se negaba a sus pretensiones, la castigaba poniéndola a leer en voz alta hasta la hora de la cena, rechazando su afecto, despreciándola, ignorándola, gritandole, hablándole en mal todo o mandándola a su habitación de la que no podía salir más que para ir al baño o para la cena", indica el texto.

Asimismo, señala que la primera vez que se produjeron los abusos fue en septiembre de 2010 en una habitación de la vivienda que no ocupaba nadie al salir la madre de la vivienda. "Después de esa primera ocasión, las relaciones sexuales se producían de forma habitual y continuada y con la misma mecánica".

Tanto el acusado como la madre de la menor fueron privados de la guarda y custodia de la vítima en septiembre de 2012, una vez que la joven habló de los hechos con el psicólogo del centro de menores al que acudió voluntariamente y en donde fue declarada en situación de desamparo y sometida a tutela administrativa.

El tribunal, que tiene en cuenta distintos informes como los de los psicólogos del Instituto de Medicina Legal de Galicia, considera que la narración de la menor "se ajusta a la verdad de lo ocurrido y sus manifestaciones no son producto de invención alguna resultando creíbles". "No existen causas que comprometan su credibilidad, la versión que sostiene es coherente y coincide con elementos externos acreditados", apunta.