Las compañías eléctricas se enfrentan a multas de hasta 60 millones si tratan de conseguir vender o comprar electricidad en el mercado eléctrico pasando por alto el precio referencia del gas natural impuesto por el Gobierno o si presentan información inexacta o falsa sobre los contratos con sus clientes, según se explica en el real decreto-ley aprobado el viernes por el Consejo de Ministros y publicado ayer en el Boletín Oficial del Estado.

Así trata el Ejecutivo de evitar que las trampas de las compañías echen al traste un mecanismo que tanto les ha costado poner en marcha y que, después de un mes y medio de discusiones desde que el Consejo Europeo dio su beneplácito, ha quedado fijado en un precio máximo de 40 euros por megavatio-hora de gas durante seis meses, y que se irá incrementando en 5 euros al mes hasta alcanzar los 70 euros al final del periodo.

El mes de mayo del próximo año será previsiblemente, si nada cambia, el último mes en el que podría tener vigencia el mecanismo (en ningún caso puede ir más allá, según el real decreto-ley) que entrará en vigor en las próximas semanas, una vez obtenga el aval de la Comisión Europea.

En paralelo a la decisión definitiva de Bruselas, las compañías eléctricas disponen de 5 días hábiles a contar desde hoy que entra en vigor el real decreto-ley (el viernes 20) para presentar sus contratos ante el operador del mercado (OMIE) con la información sobre qué parte de la energía que venden a los clientes finales está sujeta a instrumentos de cobertura a plazo.