Sousa fracasa en su último intento de salir de prisión: el Supremo ratifica su condena

Niega vulneración de delitos fundamentales, defendida por el expresidente de Pescanova SA, y rechaza la nulidad del fallo | Ya en Soto del Real, le quedan casi 6 años de pena

Manuel Fernández de Sousa, durante el juicio. |   // F. ALVARADO

Manuel Fernández de Sousa, durante el juicio. | // F. ALVARADO / L. Graña

L. Graña

La sentencia del Tribunal Supremo nº 89/2023, que certificó que Manuel Fernández de Sousa falseó de forma continuada las cuentas de Pescanova SA (vieja Pescanova), no atentó contra los derechos fundamentales del empresario, ahora en la prisión madrileña de Soto del Real. Lo acaba de certificar la Sala presidida por Manuel Marchena en un auto redactado por el magistrado Leopoldo Puente Segura, tras la interposición de Sousa de un recurso de nulidad. “Es evidente que nuestros razonamientos de entonces —en relación al fallo que ratificaba la sentencia de la Audiencia Nacional— no se comparten por quien ahora promueve el incidente de nulidad”, expone el auto. El expresidente de la pesquera estará privado de libertad por un delito continuado de falsedad en las cuentas anuales, falseamiento de información económico-financiera y alzamiento de bienes.

Como ya indicó en su primer recurso, en la sentencia de primera instancia no había quedado probado que el delito de falseamiento en la información económico-financiera lo fuese en su “modalidad continuada”. Ya a raíz de esta queja de la defensa de Sousa, con la que pretendía rebajar la pena de seis años, el Supremo fue claro. “Este tribunal consideró y considera que la condena por los cuatro delitos referidos se pronunciaba en su condición de ilícitos penales continuados”, y singularmente con “informaciones económico-financieras conscientemente falseadas”.

Ahora insiste en su planteamiento: “A nuestro parecer, conforme a las razones expuestas ya en nuestra sentencia y en el auto que desestimaba la aclaración intentada, la condena del acusado, en la resolución dictada en la instancia y con relación al mencionado delito, lo fue en la consideración de este último como continuado. Y, por eso, ninguna vulneración del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva podemos identificar aquí”.

Tanto la sentencia de la Audiencia Nacional como el fallo de casación del Supremo constatan esa continuidad en el maquillaje de la información económica de Pescanova SA. “Al menos desde finales de 2007, ideó una serie de mecanismos que tenían por objeto aparentar una relación comercial, en realidad inexistente, que permitiera a Pescanova seguir obteniendo financiación bancaria y ostentar frente al resto de los socios y terceros interesados en invertir una situación económica y financiera positiva muy distinta a la publicada oficialmente”, expone literalmente la sentencia redactada por Leopoldo Puente. Fue entonces, en los albores de la tormenta bancaria global, cuando creó una docena de sociedades instrumentales, que sobre el papel se convirtieron en las mejores y mayores proveedoras y compradoras de los langostinos y las merluzas de Pescanova, a fin de generar un circuito de actividad que le permitía acceder a financiación de forma irregular.

Y fue también entonces, dentro de esa “continuidad” de operaciones ilícitas negada por su defensa en cuanto al cálculo de la pena de cárcel, cuando Fernández de Sousa embarcó a la compañía en una carrera agotadora de inversiones, embelesado con convertir Pescanova SA en líder mundial de productos pesqueros. Destinó cerca de 834 millones de euros, con recursos 100% externos —y, en parte, cuando la empresa ya estaba en pérdidas—, a crecer principalmente en el segmento acuícola. Buena estrategia, mala ejecución.