La Audiencia revoca una sentencia y condena a la gestora de la AG-55 por daños provocados por un jabalí
Obliga a la concesionaria a abonar 1.800 euros al conductor al entender que el accidente se debió a deficiencias en el vallado
La Audiencia Provincial ha revocado una sentencia del Juzgado de Instrucción de Carballo que eximía a la concesionaria de la AG-55 del pago de una indemnización por los daños en un coche por la irrupción de un jabalí en esta vía de pago. El accidente se registró en 2017 en el kilómetro 23 y el demandante reclamaba 3.380 euros por los desperfectos que sufrió su vehículo al impactar contra el cerdo salvaje.
La Audiencia Provincial rebaja la cuantía de la indemnización a 1.800 euros más intereses, pero sí reconoce el derecho del conductor a ser resarcido por el siniestro. El juzgado de primera instancia eximió de responsabilidad a la concesionaria al entender que no se había acreditado que el accidente fuese consecuencia de falta de diligencia de Autoestradas de Galicia y al considerar probable que el animal hubiese accedido a la vía por un peaje próximo al lugar del accidente. Apuntaba además que la gestora de la AG-55 había demostrado la ejecución de las preceptivas labores de conservación y revisión de la valla de seguridad.
La Audiencia Provincial considera en cambio que las pruebas aportadas durante el juicio no acreditaron el buen estado del vallado, considera discutible también que el jabalí pudiese haber accedido a la autopista por el peaje y concluye como causa más probable que hubiese entrado por "algún hueco o defecto en el vallado". Los jueces de la Audiencia tampoco consideran acreditado que estuviese convenientemente señalizado el peligro por presencia de animales.
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