El edificio de Apartamentos Santa Cristina no es el único que se ubica en suelo de dominio público desde que en 2003 de aprobó el deslinde marítimo terrestre en esta zona de Oleiros. También el Estado es ahora el titular de la parcela donde se ubica el hotel Rías Altas-Celuisma. Parte del edificio de viviendas número 13-17 de la calle Mendel y parte del anexo hotel Santa Cristina están también afectados por el deslinde, así como dos bloques de pisos de la urbanización Hábitat.

Los bienes que quedan incluidos dentro de la zona de dominio público marítimo terrestre pasan a ser de titularidad del Estado, según la ley, y sus anteriores propietarios sólo pueden quedar como concesionarios. En Santa Cristina propietarios de negocios y comunidades de vecinos recurrieron el deslinde debido precisamente a que les perjudica al perder la titularidad de estos bienes. Todos perdieron en la primera instancia, en la Audiencia Nacional, entre 2006 y 2007, y en muchos casos recurrieron ante el Tribunal Supremo.

La primera sentencia del Supremo respecto a estos casos se emitió el mes pasado y es firme e irrecurrible: los magistrados han confirmado que el deslinde aprobado fue correcto y que el terreno donde se encuentra Apartamentos Santa Cristina es dominio público, tal y como informó este periódico.

Los inquilinos de un bloque de pisos de la esquina de la calle Mendel, que incluye una pizzería en el bajo y que es anexo al hotel Santa Cristina, son otros de los que presentaron un recurso contra el deslinde. El inmueble se construyó en 1975 y, según alegaron los demandantes, tanto el solar como la edificación están inscritos en el registro de la propiedad, pagan la contribución urbana desde 1977 y hasta cedieron suelo al Concello para ejecutar el paseo marítimo. La Audiencia sin embargo desestimó su demanda: el terreno donde se ubica la edificación ya era dominio costero con el deslinde de 1963, perdió sus características naturales (ya no es playa sino zona urbana) y no fue desafectado, por lo que, según la ley de costas, el deslinde trazado fue "correcto y conforme a la legalidad vigente".

El hotel también recurrió el deslinde y presentó certificados registrales, licencia de apertura, recibo de la contribución y los planos que muestran que es suelo urbano en el plan general. Expuso que al menos desde 1973 el solar era ya privado y estaba fuera de dominio público. La Audiencia le recordó que en el deslinde de 1955 ya eran dominio público y se demostró que se construyó en zona de playa.

Los bienes que quedan dentro de dominio público marítimo terrestre, si son incompatibles con esta calificación, pueden ser demolidos por Costas. Precisamente la zona deportiva de la urbanización Hábitat estuvo a punto de ser demolida por esta razón.

La piscina, las pistas de tenis y la zona ajardinada privadas de la urbanización están dentro de dominio público y el alcalde logró que Costas no las derribase tras pedir la mediación del delegado del Gobierno y después de convertir estas dependencias deportivas privadas en públicas. De hecho en junio de 2010 el Concello anunció la apertura al público de las pistas y la zona verde.

La comunidad de propietarios de la urbanización Hábitat, al borde de Ponte Pasaxe, es una de las que perdió el recurso contra el deslinde ante la Audiencia Nacional en febrero de 2007. Sin embargo no sólo las pistas, la piscina y la zona verde están dentro de dominio público sino también las esquinas de dos bloques de viviendas, el A y el J, los más cercanos al mar.

La historia de la urbanización Hábitat es peculiar porque nació como concesión pesquera y se convirtió en bloque residencial. En 1946 se otorgó una concesión por orden ministerial a La Pesquera del Norte de España, SA para construir un muelle y un terraplén junto a Ponte Pasaxe para el tráfico y exportación de conservas de pescado. Hizo un relleno de 3.315 metros cuadrados.

La concesión se transfirió a dos empresarios en 1972, y tres años después constituyeron la sociedad Inmobiliaria Puente Pasaje, SA, que fue la que construyó parte de la zona de recreo del residencial Hábitat: piscina, pista de tenis, zona ajardinada, paseo y muro de contención.

En 1992 se declaró caducada la concesión porque se incumplió la cláusula que prohibía cambiar el destino de la concesión: se autorizó el relleno porque era para embarcar conservas y al final se levantaron encima instalaciones deportivas para uso exclusivo de los residentes en la urbanización Hábitat, una de las de más prestigio de Oleiros.