El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha condenado al Servicio Madrileño de Salud (Sermas) al pago de una indemnización de 280.000 euros por no detectar a tiempo un síndrome de Down durante un embarazo, pese a que los antecedentes clínicos de la madre ponían en evidencia que la gestación era de alto riesgo.

La mujer, de 43 años, con un familiar que padece el síndrome, una cesárea anterior por desprendimiento de placenta y dos abortos, acudió en septiembre de 2008 al Hospital del Sureste, donde le hicieron unos análisis y una ecografía y le volvieron a citar para veinte días después, cuando estaba en la séptima semana de gestación.

Dados los antecedentes y la situación de su pareja, se trataba de un embarazo no deseado y la paciente solicitó la interrupción voluntaria del mismo, siendo informada de que no cumplía los criterios legales, salvo que durante la gestación se encontrara algún motivo, lo que no ocurrió porque, según la sentencia, no se realizaron las pruebas correspondientes como la amniocentesis.