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Dos decretos reducen las horas de ayuda a domicilio y obligan a elegir servicio

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el pasado día 31 de diciembre dos nuevos decretos que modifican las prestaciones de los servicios. Según destaca el director la Asociación de Directores y Gerentes de Servicios Sociales, José Manuel Ramírez, uno de los cambios más importantes y que, según sus previsiones, afectará también, en última instancia, al empleo, es "la intensidad del servicio de ayuda a domicilio".

La normativa estatal reduce las horas de atención en casa, como consta en el Real Decreto 1051/2013 de 27 de diciembre (ver gráfico). Así, si en el Grado III (el de mayor nivel de dependencia) constaban entre 55 y 90 horas mensuales de ayuda a domicilio (entre 55 y 70 para el nivel 1 y entre 70 y 90 para el 2), con la modificación hecha pública al fin de 2013 serán entre 46 y 70 horas mensuales para todo el colectivo de Grado III (20 horas menos en el cómputo total).

En Grado II, o dependencia severa, figuraban entre 30 y 55 horas mensuales y el nuevo anexo habla de entre 21 y 45 horas. En caso de nivel 1 eran entre 12 y 30 horas y ahora el tope se queda en 20 al mes. Además, el decreto fija incompatibilidades: "los servicios serán incompatibles entre sí, a excepción del de teleasistencia". Significa tener que habrá que elegir entre ayuda a domicilio o centro de día, por ejemplo.

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