El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha avalado el decreto de admisión en los centros escolares públicos que se comenzó a aplicar este curso. En un sentencia del pasado 19 de febrero, se da la razón a la Consellería de Educación y se rechaza el recurso presentado en su día por el sindicato UGT contra un precepto de la norma, el artículo 9.3.i, que da a los centros la potestad para otorgar un punto adicional, basado en criterios propios, en el baremo total que establece la prioridad de acceso a la matrícula.

En total, la máxima puntuación que puede conseguir un alumno es de 33. Para ello se contabiliza si el alumno tiene hermanos en el centro, si sus padres trabajan en el mismo, la proximidad del domicilio o el nivel de renta, entre otras cuestiones.