Los padres y madres separados que residan en localidades diferentes deberán repartirse los costes de los traslados que hagan para recoger y devolver a los hijos del domicilio del otro. De este modo, ya no será el progenitor que no tenga la custodia el que deba asumir por completo esta carga cuando se desplace a la localidad donde reside su hijo o hijos para cumplir el régimen de visitas.

Así se desprende de la sentencia emitida por la Sala Primera del Tribunal Supremo, en la que fija doctrina en este asunto, después del recurso de un padre contra una sentencia de la Audiencia Provincial de Albacete que le imponía la obligación de recoger y retornar a su hijo menor, que vivía con su exmujer a 32 kilómetros de distancia.

El Supremo justifica su decisión en el interés del menor y en el reparto equitativo de cargas a que se refiere el Código Civil. Según declara la sentencia, "es esencial que el sistema que se establezca no pierda de vista el interés del menor, de forma que no dificulte su relación con cada uno de los progenitores". También señala que "es preciso un reparto equitativo de cargas, de forma que ambos progenitores sufraguen los costes de traslado de forma equilibrada y proporcionada a su capacidad económica, teniéndose en cuenta sus circunstancias personales, familiares, disponibilidad, flexibilidad del horario laboral, etc.".

El Supremo afirma que es preciso fijar "un sistema prioritario y otro subsidiario", y que "será necesario ofrecer soluciones alternativas adaptadas a cada situación".

Como regla general, el Supremo recuerda que lo adecuado es que "cada padre/madre recogerá al menor del domicilio del progenitor custodio" y que "el custodio lo retornará a su domicilio". Matiza que, "subsidiariamente", cuando el sistema habitual no se corresponda con los principios expresados de interés del menor y la distribución equitativa de las cargas, "las partes o el juez podrán atribuir la obligación de recogida y retorno a uno de los progenitores con la correspondiente compensación económica, en su caso y debiendo motivarse en la resolución judicial".