Más allá del rito que se celebra para formalizar el matrimonio, las bodas religiosas y civiles tienen otras diferencias.

EUbicación. Mientras las bodas religiosas se celebran en iglesias o templos, las civiles permiten mayor flexibilidad ya que no tienen porqué celebrarse en el juzgado. Es posible en un pazo, el jardín del restaurante o una playa siempre que las oficie el juez del registro civil, el alcalde del municipio o un concejal.

EPrecio. El coste de una boda civil depende de la opción que se elija, pero si oficia el enlace un notario el precio oscila entre los 100 y 160 euros. Por su parte el Arzobispado de Santiago establece las tarifas para el matrimonio -son orientativas y hay parroquias que no las cobran- en 20 euros por tramitar el expediente y 40 por asistir la ceremonia. Tanto tras una boda civil como religiosa hay que inscribir el matrimonio en el Registro Civil, lo que supone un nuevo coste a añadir a los gastos de la boda.

EVigencia. El contrato que los novios firman al casarse por lo civil puede disolverse sin problemas mediante el divorcio. Sin embargo, pese a estar separado legalmente ante el Estado, para la Iglesia este matrimonio perdura hasta que se logre la nulidad.