El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) admitió el recurso de apelación por el que condena al Servizo Galego de Saúde (Sergas) a indemnizar con unos 60.000 euros a los cincos hijos de una paciente fallecida de un infarto de miocardio a las pocas horas de ingresar en el Hospital Arquitecto Marcide de Ferrol por pérdida de oportunidad terapéutica.

Así lo destacó ayer la Asociación El Defensor del Paciente, cuyos servicios jurídicos llevaron el asunto por el que el TSXG admite el recurso de apelación contra una sentencia de un juzgado Contencioso de Santiago que "solo había otorgado indemnización al viudo" de A.L., de 70 años y vecina de Narón (A Coruña).

La paciente, que ingresó en el Servicio de Urgencias del Hospital Arquitecto Marcide de Ferrol en julio de 2013, falleció ese mismo día en el centro hospitalario. En una sentencia con fecha 7 de marzo de 2018, "se da la razón a los cinco hijos de la fallecida al considerarlos perjudicados por el fallecimiento de su madre", destacó la asociación, que explicó que el juez de lo Contencioso fundaba su sentencia en que, al no haber habido mala praxis sino pérdida de oportunidad terapéutica por no examinar de forma precoz una radiografía pedida con anterioridad al fallecimiento, pero que no fue informada a tiempo, "quizás las decisiones terapéuticas con la paciente hubiesen sido otras y el tratamiento distinto", puntualizó la asociación.

La paciente falleció, sin embargo, de un infarto agudo de miocardio tras pocas horas en el Servicio de Urgencias del citado hospital ferrolano, después de haber ingresado por un dolor abdominal, diarrea y vómitos, explicó el servicio jurídico ejercido por el letrado Cipriano Castreje.

El TSXG señala en su sentencia que "el hecho de que el fallecimiento haya tenido lugar a consecuencia de una defectuosa asistencia sanitaria o mala praxis, por una pérdida de oportunidad, no elimina la posibilidad de que los familiares más directos de la víctima, como son los hijos de la fallecida, pierdan interés legítimo en reclamar una indemnización a su favor, que lo será por la vía de la indemnización del daño moral causado".