El Consejo de Ministros aprobó ayer el anteproyecto de la Ley de Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia que, entre otras medidas, ampliará el plazo de prescripción de los delitos de agresión y abuso sexual cometidos contra menores: empezará a contar cuando la víctima cumpla 30 años. Actualmente se cuenta cuando la víctima cumple los 18 años y los delitos prescriben entre 5 y 15 años después, en función de su gravedad.

La ampliación del plazo de prescripción lleva implícita la modificación del Código Penal y afecta a los delitos más graves que se cometan contra los menores, en los delitos relativos a la tentativa de homicidio, delitos sexuales, las lesiones agravadas, maltrato habitual y trata de seres humanos cometidos sobre personas menores de edad. El anteproyecto normativo, que modifica 11 leyes, establece un concepto de violencia muy amplio que abarca toda forma de perjuicio o abuso físico, psicológico o emocional, incluidas las agresiones o abusos sexuales, los castigos físicos, el simple descuido o el trato negligente. Se castiga todo tipo de violencia sea cual sea su forma de comisión, incluida la realizada por medio de las tecnologías de la información y la comunicación.

Además, endurece las condiciones de cumplimiento de los condenados por agresiones sexuales a menores, que no podrán acceder a los permisos penitenciarios o al tercer grado hasta que hayan cumplido la mitad de la pena. También se endurece su acceso a la libertad condicional impidiendo que el juez pueda anticiparla a las dos terceras partes de la condena.

El anteproyecto prevé que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, de las comunidades y de las entidades locales dispondrán de unidades especializadas en la prevención y detección de situaciones de violencia sobre los menores. Asimismo, se adoptarán medidas para evitar la victimización secundaria de los menores, como la adopción inmediata de las medidas provisionales, se obviará la práctica de toda diligencia que no resulte imprescindible y se impedirá cualquier tipo de contacto directo o indirecto con la víctima.

El texto incluye un nuevo catálogo de delitos contra menores y adolescentes cometidos a través de internet y tecnologías de la información y la comunicación, que incluye la incitación al suicidio, a la autolesión, a la comisión de delitos contra la libertad e indemnidad sexual o la promoción o facilitación de trastornos alimenticios. Estas nuevas infracciones se complementan con la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que permite al juez retirar contenidos ilícitos de páginas web como medida cautelar durante la investigación del caso, según apuntó el Ministerio de Justicia. En todos los delitos sexuales y de trata, la condena conllevará la inhabilitación para cualquier profesión u oficio que suponga contacto regular y directo con menores.

En el ámbito educativo, se dotará a los centros educativos de protocolos de actuación frente a indicios de acoso escolar, ciberacoso, acoso sexual, violencia de género y cualquier otra forma de violencia. Todos los centros deberán tener un coordinador de estos protocolos.

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