Los centros y parques comerciales, y los establecimientos que tengan la consideración de grandes superficies de la comunidad están obligados desde ayer a disponer de un sistema que permita contabilizar y controlar, “en todo momento”, el número de personas que hay en su interior, tal y como se recoge en el Diario Oficial de Galicia (DOG) del 13 de enero.

Las nuevas restricciones fijadas por la Xunta ante el avance de la pandemia en la comunidad fijan que el aforo de estas instalaciones no podrá superar el 30% de su capacidad. Esta medida se suma a la clausura de las zonas comunes en todos los centros y parques comerciales, y al cierre de puertas del comercio en general a las 21.30 horas —salvo que su horario ya sea menor— en la línea del adelanto del toque de queda a las 22.00 horas.