¿Podría tu empresa obligarte a hacer un test para acudir a la cena de Navidad?
Estos son los requisitos que tendrás que cumplir para poder disfrutar de una comida con tus compañeros
La Navidad está a la vuelta de la esquina pero, la transmisión de covid-19 se ha disparado en las últimas semanas. La sexta ola ya está aquí y las autoridades sanitarias se apresuran a tomar medidas para intentar frenar lo antes posible el nuevo avance del virus. Las reuniones y los encuentros que se esperan en las próximas semanas tiene preocupados a los expertos y a las Comunidades Autónomas que, ante la disparidad de criterios, han solicitado al Gobierno una norma común que sostenga la ampliación del uso del certificado covid.
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Esta norma común todavía no ha llegado pero son varias las Comunidades que ya han implantando la exigencia de dicho documento que conlleva estar vacunado, haber superado recientemente la enfermedad o haber dado negativo en un test PCR o de antígenos realizado entre 72 y 48 horas. Otras comunidades como la de Madrid ha solicitado a la Cámara de Comercio y a la Confederación Empresarial de Madrid (CEIM) que ante las fechas venideras "todas las empresas hagan un test de antígenos a sus empleados inmediatamente antes de que vayan a reunirse en almuerzos, cenas o copas de Navidad" pero ¿es esto posible?
Según los expertos, con la normativa actual, no es posible que te obliguen a hacerte un test de antígenos o PCR ni tampoco a vacunarte. El único inconveniente con el que se podrán encontrar los empleados que se nieguen a realizarse un test o a vacunarse podrían ser la negativa de acceso al restaurante donde se celebra el encuentro navideño de su empresa, pero no podrían ser sancionados por la empresa.
En Galicia, desde la pasada semana los restaurantes y salones de banquetes exigen el certificado COVID de vacunación durante todo el día, mientras que bares, cafeterías y furanchos solo lo piden a partir de las 21:00 horas, y en ningún caso para terrazas. Además, todos los establecimientos tendrán limitadas las mesas a un máximo de ocho personas en interior y a 15 en terrazas, independientemente de que se pida o no certificado.
Por su parte, el ocio nocturno sigue exigiendo el certificado para acceder al interior.
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