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Adiós a las mascarillas en Galicia

¿La mascarilla seguirá siendo obligatoria en el trabajo en Galicia?

¿La mascarilla seguirá siendo obligatoria en el trabajo en Galicia?Ricardo Grobas

Con carácter general, a partir de este 20 de abril en Galicia tendrán que seguir poniéndose la mascarilla trabajadores y visitantes de centros sanitarios y residencias, así como el conjunto de la población en los transportes, salvo andenes y estaciones. A la espera de que trasciendan -y se asienten en el conocimiento general- los detalles recogidos en el BOE sobre los entornos donde seguirá siendo obligatorio usar cubrebocas y dónde no, a continuación detallamos las situaciones en las que no estaremos obligados a usar mascarilla y aquellas en las que sí será necesario ponerse el símbolo por excelencia de la pandemia.

DÓNDE NO HAY QUE LLEVAR MASCARILLA

Trabajos. En el entorno laboral, de manera general, no resultará preceptivo el uso de mascarillas. No obstante, la evaluación de riesgos del puesto de trabajo será la que permitirá tomar una decisión sobre las medidas preventivas adecuadas. Preguntada insistentemente por la potestad de las empresas para obligar a sus trabajadores a llevar cubrebocas, y si temen por ello un aumento de la litigiosidad, la ministra Carolina Darias ha reiterado que “la norma general es que no lo serán” a menos que lo determine riesgos laborales en función del riesgo. Con el objetivo de calcularlo, a partir de esta tarde, cuando la cierre la Comisión de Salud Pública, contarán con una actualización de una guía de actuación.

Centros educativos. En el ámbito escolar “en ningún caso” será exigible la mascarilla; aún así, el “uso responsable” es otro de los factores del real decreto, de manera que si un profesor está en situación de vulnerabilidad, será aconsejable que se la ponga. En Galicia, Sanidade recomienda llevarla, según avanzó el lunes el conselleiro del ramo, Julio García Comesaña.

Resto de lugares. Aunque las mascarillas dejen de ser obligatorias en espacios interiores, se recomienda su uso a todas las personas vulnerables: inmunodeprimidos, mayores de 65, enfermos con patologías de riesgo o embarazadas. De igual manera, se aconseja en eventos multitudinarios, entornos familiares y reuniones o celebraciones privadas, según la vulnerabilidad de los participantes.

Gimnasios. Son lugares de alto riesgo de contagio por la gran cantidad de aerosoles exhalados, según los estudios, pero no será obligatorio llevar mascarilla.

DONDE SÍ SE MANTIENE LA MASCARILLA

Centros, servicios y establecimientos sanitarios. Trabajadores y visitantes de centros —hospitales, centros de salud—, servicios —centros de transfusión— y establecimientos sanitarios —farmacias— deberán mantener el cubrebocas. Los pacientes ingresados no, a menos que estén haciendo uso de espacios comunes; en sus habitaciones pueden prescindir de ella. En cuanto a las consultas de dentistas, por ejemplo, se supone que las clínicas odontológicas entran en la categoría de centros sanitarios, aunque habrá que ver qué especifica el texto legal.

Centros sociosanitarios. De la misma forma que en los ámbitos anteriores, tendrán que llevarla los empleados y las personas que realicen visitas, pero no sus usuarios, como es el caso de los mayores que vivan en residencias geriátricas.

Transportes. Se mantiene la obligatoriedad en el transporte aéreo, por ferrocarril o por cable y en los autobuses. También en el caso de los espacios cerrados dentro de buques y otras embarcaciones en los que no sea posible mantener la distancia de 1,5 metros, salvo en los camarotes cuando sean compartidos. Habrá que llevarla asimismo en todos los transportes públicos de viajeros, pero no en los andenes y en las estaciones.

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