Denuncias

Las empresas de más de 50 empleados han de tener un buzón de denuncias anónimas en Murcia

También las instituciones públicas de la región están obligadas desde el 13 de junio a disponer de un canal confidencial para informar de irregularidades

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María José Gil

Las empresas con más de 50 trabajadores de la Región de Murcia y todas las instituciones públicas están obligadas a disponer de un buzón de denuncias anónimas, desde el pasado 13 de junio, a través del cual podrán dar a conocer irregularidades de las que tengan conocimiento tanto los trabajadores como los clientes y los proveedores.

La Ley Protección de los Denunciantes Anónimos ha impuesto la creación de este tipo de canales para "proteger al informante" siguiendo las pautas marcadas por una directiva europea contempla también la creación de una Autoridad Independiente, que podrá imponer multas de hasta un millón de euros a las entidades que adopten represalias contra los denunciantes. Igualmente habrá sanciones para quienes hagan denuncias falsas.

La Comunidad Autónoma y algunos ayuntamientos como el de Cartagena ya han anunciado la creación del nuevo buzón de denuncias anónimo, que funcionaba ya en algunas instituciones del Estado, como la Agencia Tributaria o la Inspección de Trabajo.

El Gobierno regional aprobó en mayo la creación su propio buzón de denuncias, cuyo máximo responsable será el jefe de la Inspección General de Servicios. En la información facilitada por la Comunidad se incluye el acceso a una guía para los usuarios. Precisa que «las personas que hagan uso del buzón del informante deben tener indicios razonables o suficientes sobre la certeza de la información que comuniquen, no pudiendo formularse comunicaciones genéricas, de mala fe o con abuso de derecho».

Por otra parte, en la Región de Murcia hay muchas empresas que disponen desde hace tiempo de un canal propio para la denuncia de irregularidades por parte de sus trabajadores o para la aportación de sugerencias. El director de la Cátedra de Responsabilidad Social Corporativa de la Universidad de Murcia, Longinos Marín, recuerda que «primero las compañías con más de 500 trabajadores y luego las de más de 250» tuvieron que incluir en la presentación de sus cuentas anuales información sobre los sistemas de denuncia «que contemplan sus códigos de gobernanza y buenas prácticas».

La finalidad de la ley es «proteger a las personas que en un contexto laboral o profesional detecten infracciones penales o administrativas graves o muy graves y las comuniquen mediante los mecanismos regulados».

La normativa que obliga ahora a las empresas con más de 50 trabajadores establece que «el canal interno deberá permitir realizar comunicaciones por escrito o verbalmente, o de las dos formas. La información se podrá realizar bien por escrito, a través de correo postal o a través de cualquier medio electrónico habilitado al efecto, o verbalmente por vía telefónica o a través de sistema de mensajería de voz. A solicitud del informante, también podrá presentarse mediante una reunión presencial dentro del plazo máximo de siete días».

En la instrucción destinada a «comprobar la verosimilitud de los hechos relatados, se garantizará que la persona afectada por la información tenga noticia de la misma, así como de los hechos relatados de manera sucinta. Adicionalmente se le informará del derecho que tiene a presentar alegaciones por escrito y del tratamiento de sus datos personales». Sin embargo, en ningún caso se comunicará a los sujetos afectados la identidad del informante ni se dará acceso a la comunicación».

Los ayuntamientos pequeños podrán compartir sus medios

La Directiva de la UE atribuye a los Estados miembros «la decisión de dispensar de algunas obligaciones a los municipios de menos de 10.000 habitantes», pero la ley españolas no contempla esta excepción. Según se recoge en el texto legal ante la necesidad de «ofrecer un marco común y general de protección de los informantes, de no facilitar resquicios que puedan dañar gravemente el interés general, se extiende a todos los municipios la obligación de contar con un sistema interno de información. Ahora bien, tal obligación se acompaña de ciertas precisiones con el fin de facilitar su cumplimiento a aquellos municipios cuya población no supere los diez mil habitantes».

La ley permite que estos ayuntamientos puedan compartir medios para la recepción de informaciones con otras Administraciones que ejerzan sus competencias en la misma comunidad autónoma. Esta posibilidad no exime de que cada administración local tenga un responsable de su sistema interno de informaciones.

«En todo caso, hay que insistir en que se considera adecuado que cada municipio cuente con su propio sistema interno de información y de ahí que se destaque la asistencia que pueden prestar otras administraciones territoriales», según precisa la norma. Así, podrá haber colaboración entre «organismos y entidades públicas vinculadas o dependientes de alguna administración pública, así como aquellas otras asociaciones, corporaciones y organismos públicos». Los partidos políticos, los sindicatos, las organizaciones empresariales y las fundaciones que puedan tener también deberán abrir su buzón, «siempre que reciban o gestionen fondos públicos»