La Xunta multará a los concellos que toleren el ‘botellón’ y limitará las zonas de fumadores

Podrá sancionar con hasta 601 euros a quien fume a menos de 50 metros de un colegio | Las expendedoras no podrán incluir bebidas energéticas y se exigirá DNI para su compra

Restos de un ‘botellón’ en un parque.

Restos de un ‘botellón’ en un parque.

C. Villar

El Consello de la Xunta dio ayer luz verde al inicio de la tramitación del Proxecto de lei de protección da saúde das persoas menores e prevención de conductas adictivas, en la que equipará, a los efectos de prohibición de consumo y venta para menores, las bebidas energéticas al alcohol y los vapeadores al tabaco. Además, la reforma supondrá endurecer las normativas antibotellón y antitabaco en Galicia. En el primer caso, la Xunta pasará a sancionar a quienes incumplan la prohibición de hacer botellón, y eso incluirá a los concellos que lo permitan, y en el segundo, supondrá acotar en torno a colegios, centros sanitarios y edificios administrativos un cordón de 50 metros donde no se podrá fumar, además de vetarlo en marquesinas y paradas o en las piscinas públicas.

El presidente de la Xunta, Alfonso Rueda, incidió en que así Galicia se situará “a la vanguardia” en prevención en menores y el conselleiro de Sanidade, Julio García Comesaña, quien desgranó el borrador de la normativa, cuyo texto estará abierto a alegaciones cuando se publique el anteproyecto, enfatizó que se trata más de “prevenir que de castigar”. De hecho, las multas podrán conmutarse por trabajos para la comunidad o tratamientos y a los menores reincidentes se les ofertarán terapias.

Bebidas energéticas fuera de las expendedoras

Las bebidas energéticas que contengan “altas” dosis de cafeína y otras sustancias estimulantes se equipararán al alcohol y los menores no podrán consumirlas ni adquirirlas, no podrán venderse en máquinas expendedoras y en el resto de negocios deben estar separadas de los refrescos y hay que exigir DNI a sus consumidores. Su publicidad no podrá dirigirse a menores y estará excluida de centros sanitarios y educativos o espacios de entretenimiento, deportivos o de divulgación si la mayoría de practicantes son menores. En esos mismos lugares tampoco se podrán comercializar bebidas energéticas.

Será la Xunta la que multe por el ‘botellón’

En cuanto al alcohol, con el nuevo texto Sanidade “reforzará” el “control” de la ley de 2010, que ya prohibía con carácter general el botellón al margen de la edad de sus participantes, recordó García Comesaña. Las jefaturas provinciales de Sanidade, y no los alcaldes, como indica la norma aún vigente, podrán imponer sanciones. Los municipios que los consientan podrán ser multados. Además, la publicidad de bebidas alcohólicas debe distanciarse a más de 200 metros de colegios o de centros de protección de menores.

Vapeadores, prohibiciones de fumar y cannabis

Los vapeadores se equipararán al tabaco y se prohibirá su compra y su uso por menores. Asimismo, no se permitirá fumar en marquesinas y paradas de transporte o en las piscinas de uso público. Se ampliará la prohibición de fumar en centros sanitarios, docentes y edificios administrativos a un espacio de 50 metros a cada lado. En relación al cannabis, se prohíbe la venta de todos los productos con componente de cannabis a menores y su acceso a locales relacionados con esa sustancia. Tampoco se les podrá reglar merchandising con publicidad identificativa.

Videojuegos y detección precoz de adicciones

Se obligará a separar de forma “clara y diferenciada” los videojuegos en función de la edad recomendada y que su clasificación sea visible. El conselleiro detalló igualmente que el Sergas buscará la detección precoz de conductas adictivas en los controles del programa de salud infantil de 12 a 14 años y se derivarán a salud mental si es preciso. Por otro lado, a menores que sufran intoxicaciones reincidentes, se les ofertarán programas de ayuda.

Sin subvenciones para las empresas que incumplan

El conselleiro destacó que la intención de la ley es “apartar” en lo posible las conductas de los menores, “reducir” la tolerancia social hacia ellas y situar “la importancia de los estilos de vida saludables” en el centro del debate. Las sanciones se mantendrán como en la ley de 2010, pero se adaptan. Las multas podrán cambiarse por programas para dejar el alcohol (caso del botellón) o trabajos en beneficio de la comunidad. Por ejemplo, alguien que fume donde no se puede se expone a una sanción de hasta 601,01 euros o puede anotarse a un programa para dejar de fumar. Las personas o locales que permitan el consumo de sustancias prohibidas a menores o fumar donde no está permitido se exponen a dejar de recibir subvenciones públicas.

Los teléfonos móviles, ¿‘exiliados’ de los centros educativos?

En los últimos años, a la par que las adicciones convencionales, aquellas en las que está implicados alcohol, tabaco o cannabis, por ejemplo, se han desarrollado las denominadas adicciones sin sustancia o comportamentales, entre las que se incluyen el juego de apuestas o las nuevas tecnologías.

Recientemente la Xunta difundía estadísticas que apuntaban que unos 20.000 niños de 5 a 9 años navegan por internet y además varias veces al día. El experto en adicciones Antonio Rial Boubeta, autor de estudios que demuestran que una cuarta parte de adolescentes hace un uso “problemático” de internet y las redes sociales y que el móvil aparece como un foco de conflictos en la familia, advierte que el uso de pantallas puede “producir interferencias a nivel conductual, emocional e incluso cerebral y, cuanto más pequeño es el niño, mayor es la capacidad de afectar a estos niveles”.

La Consellería de Sanidade también tiene las nuevas tecnologías en el punto de mira y el móvil en particular. Su titular, Julio García Comesaña, indicó ayer que en la nueva normativa de prevención de conductas adictivas en menores que prepara la Xunta “no descarta poder avanzar” en la prohibición de los móviles en los centros educativos. El conselleiro recordó que en la actualidad existe una ley de la Consellería de Educación que establece la prohibición del uso de móviles. En concreto, según fuentes de dicho departamento, la normativa de convivencia prohíbe el uso de móviles y otros dispositivos electrónicos “como mecanismo de comunicación durante los períodos lectivos”, si bien admite que “excepcionalmente” los centros pueden establecer normas para su “correcta utilización como herramienta pedagógica”. Ese aspecto dependería de cada centro y los datos demuestran que va a más. La cuestión es qué ocurre en los períodos no lectivos, en particular en las etapas que van de Infantil a ESO. Comesaña indicó al respecto que “no se descarta reforzar” la normativa existente, en la fase que se abre de alegaciones a partir de ahora, en lo que sería el uso de la telefonía móvil “fuera de los proyectos educativos o del ámbito puramente educativo”, es decir, en los recreos, básicamente.

La Xunta no es la primera en poner esta cuestión sobre la mesa. La Agencia Española de Protección de Datos instaba hace un mes a prohibir los móviles en los colegios para reducir los casos de ciberacoso. También la Fiscalía General del Estado asocia delitos a la influencia de las nuevas tecnologías y los pediatras se suman al llamamiento a un uso controlado.

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