Educación prohíbe la venta de bebidas energéticas en las cafeterías de los colegios de Galicia

La incluye como condición para la concesión del servicio de bar en los centros escolares para el próximo curso

Deberán limitar también los alimentos grasos, el azúcar y la sal

Unos jóvenes consumen bebidas energéticas. |  // JORDI COTRINA

Unos jóvenes consumen bebidas energéticas. | // JORDI COTRINA / paula pérez

Paula Pérez

Las cafeterías de los centros educativos gallegos no podrán vender bebidas energéticas a partir del próximo curso. La Consellería de Educación introduce ya esta cláusula en los pliegos de contratación para la concesión del servicio de cafetería de los colegios. Esta medida va en la línea de lo recogido en el proyecto de Lei de Protección de la Salud de las Personas Menores y la Prevención de Conductas Adictivas que prohíbe a menores de edad el consumo de este tipo de bebidas por contener elevadas dosis de cafeína y otras sustancias estimulantes. La norma aún está pendiente de iniciar su tramitación parlamentaria, pues la convocatoria electoral ha impedido llevarla antes a la Cámara.

El departamento que dirige Román Rodríguez ha decidido anticiparse e incluir ya esta prohibición en los pliegos para adjudicar el servicio de cafetería de los centros escolares. Ha empezado con los 88 colegios de la provincia de Pontevedra cuya concesión termina en junio. El documento, por el que se licita el servicio para los cursos 2024/2025 y 2025/2026, advierte de que “se prohíbe la venta y consumo de bebidas alcohólicas, bebidas energéticas y de tabaco en el local habilitado como cafetería”.

Es la primera vez que se contempla esta prohibición, que hasta ahora se limitaba a alcohol y tabaco. A partir del próximo curso bebidas como Red Bull, Energy, Burn o Monster tampoco podrán dispensarse en las cafeterías de los centros escolares.

Y, según explica la Consellería de Educación, esta especificidad “se irá incorporando a los pliegos de contratación del resto de colegios gallegos a medida que vayan caducando las concesiones y haya que sacar a licitación otras nuevas”.

Galicia ha sido pionera en impulsar una ley que prohíbe la venta y consumo de bebidas energéticas a menores. La Xunta argumenta que pueden provocar alteraciones del sueño, ansiedad, irritabilidad, arritmias y otras problemáticas de carácter neurológico o psicocomportamental. Alerta de que es “preocupante” cuando se mezclan con alcohol pues estas bebidas energéticas pueden enmascarar los efectos depresivos de las bebidas alcohólicas.

Casi uno de cada dos adolescentes gallegos consumen estas bebidas de forma habitual

A esto se suma que su consumo se ha disparado en los últimos tres años. Casi uno de cada dos adolescentes gallegos las toma de forma habitual: son casi 40.000 chavales de entre 14 y 17 años los que reconocen beber estos estimulantes.

En Galicia el proyecto de ley que prohíbe su consumo fue ya aprobado por el Consello de la Xunta pero quedó pendiente de su tramitación parlamentaria pues la convocatoria de elecciones obligó a disolver la Cámara.

La Consellería de Sanidade quiere darle prioridad pero deberá esperar a que se constituya el nuevo Parlamento gallego el 18 de marzo. Será a partir de esa fecha cuando el texto podrá entrar en la Cámara e iniciar su tramitación antes de su aprobación definitiva.

Galicia se convertirá así en la primera comunidad en prohibir estas bebidas estimulantes a menores, una iniciativa que otras comunidades han avanzado que están dispuestas a copiar.

Y aunque la norma todavía no se ha aprobado, la Consellería de Educación ya la incluye en sus pliegos para adjudicar las cafeterías de los colegios porque, según explica, cumplen así con el Plan Nacional de Control Oficial de la Cadena Alimentaria 2021-2025 que exige a las administraciones públicas que cuando liciten concesiones de los servicios de restauración introduzcan requisitos para que la alimentación servida sea “variada, equilibrada y adaptada a las necesidades nutricionales de los usuarios del servicio”.

En base a este plan se incorpora así otra novedad en los procesos de concesión de las cafeterías de los colegios: no solo se prohíben las bebidas energéticas sino que los adjudicatarios deberán limitar “el contenido en grasas, azúcar y sal en los alimentos y fomentar hábitos nutricionales correctos en la población escolar”.

Además, al igual que en otras concesiones anteriores Educación exige a las cafeterías de los centros escolares que para la elaboración de la comida cuenten con proveedores situados a menos de 100 kilómetros. Y se mantiene la prohibición de instalar en el local máquinas tragaperras o cualquier juego de envite, azar o electrónico.

Se exige además al adjudicatario que el personal que contrate para atender la cafetería presente un certificado negativo de no estar en el Registro Central de Delincuentes Sexuales.

En las licitaciones de los servicios de cafeterías escolares, los adjudicatarios abonarán un canon que dependerá del horario y de los alumnos del centro: oscilan entre los 120 euros anuales a los 1.948 euros.

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