Ser extranjero protege a los conductores temerarios que no son interceptados en territorio español cuando delinquen. Hace falta más Europa. La ausencia de un acuerdo homologado a nivel comunitario entre países de la UE, a pesar de la aprobación de una directiva para sanciones transfronterizas, puede condenar al olvido un exceso flagrante de velocidad de un conductor foráneo.

En A Mezquita, puerta de entrada a la provincia de Ourense desde la Meseta, 300 conductores a velocidad excesiva se libraron de castigo en un año por el simple hecho de ser portugueses. El pasado miércoles, 23 de agosto, diez minutos después de las doce de la noche, el radar fijo de la A-52 establecido en Ribadavia detectó a un vehículo con matrícula francesa centelleando por la autovía.

El cinemómetro cazó al automóvil, un coche de alta gama modelo Mercedes CLS, circulando a 245 kilómetros por hora. Es más del doble de lo permitido (120). Es una de las velocidades más altas registradas hasta la fecha por los medidores de Tráfico en Galicia.

Fuentes de la DGT dan por hecho la difícil tramitación del castigo al conductor extranjero -se sospecha que pueda ser un portugués emigrado a Francia de regreso a su país- aunque aseguran que se intentará. Excepto que el delincuente sea interceptado en suelo español, el procedimiento se le comunicaría en el domicilio francés y conllevaría plazos y dificultades.

La directiva 2011/82 publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea en noviembre pasado estableció el fin de la impunidad para las infracciones cometidos por extranjeros en el asfalto de otro Estado miembro. La norma fijaba un plazo hasta noviembre de 2013 para que cada país la adoptase en su territorio.