La Audiencia Provincial de Sevilla volvió a absolver a Samuel Benítez de un presunto delito de encubrimiento en relación al crimen de Marta del Castillo, pues considera que "no se dispone de un solo dato o prueba objetiva en su contra". Fue el Tribunal Supremo quien ordenó a la Audiencia dictar nueva sentencia contra Benítez, "al objeto de reexaminar su posible participación como encubridor", tras calificar de "arbitraria" e "ilógica" la decisión inicial de situar a las 22.15 horas del 24 de enero de 2009 la salida del cadáver de la vivienda donde se produjo el asesinato de la joven.

En su sentencia, la Audiencia considera probados los mismos hechos que en su primer fallo, cuando dijo que Miguel Carcaño golpeó con un cenicero a Marta y que, a continuación, junto a el Cuco y a "un tercero desconocido", lo hicieron desaparecer en un lugar desconocido entre las 21.00 y las 22.15 horas del 24 de enero. Sobre Samuel Benítez, el tribunal concluye que "estuvo ininterrumpidamente" en Montequinto desde las 12.00 horas del 24 de enero hasta las 02.20 horas del día 24, cuando se trasladó en autobús a Sevilla, donde llegó entre las 02.40 y las 03.00 horas.

El abogado de Benítez aseguró que la sentencia es una declaración plena de la validez de la presunción de inocencia y de la imposibilidad de condenar por meras conjeturas, aunque precisó que su cliente solo estará satisfecho "cuando su honor sea totalmente restablecido".

José Antonio Casanueva, abuelo de Marta del Castillo, aseguró que el fallo supone "un varapalo más", aunque reconoció que era "esperado" por la familia. Casanueva subrayó que, ahora, sus esfuerzos están centrados en el recurso presentado para tratar de que no se archive la causa contra el hermano Carcaño, Francisco Javier Delgado.