Los 14 procesados contra los que el fiscal formuló acusación inicialmente se han quedado en 13. El Tribunal Supremo ha dado la razón a un hijo extramatrimonial de Culebra y lo excluye del proceso al considerar que el delito de adquisición de una licencia de taxi con dinero de su padre procedente del narcotráfico y su posterior venta, tras pasar al volante 17 años, estaría ya prescrita. En contra de las tesis del Ministerio público, el Alto Tribunal da la razón a la Audiencia de Pontevedra. "No puede argumentarse que al reventa de la licencia de taxi forme parte de un delictivo ya concebido y pergeñado en 1990 para reintegrar el dinero al autor del delito contra la salud pública, pues un periodo de 17 años es tiempo suficiente para excluir la hipótesis de una reventa planificada en aquella fecha para completar el círculo de reintegración del dinero", explica el tribunal.