La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Pontevedra condenó ayer a un vecino de Bueu a diez de años de prisión por un delito continuado de abusos sexuales contra su propia hija, que tenía 13 años cuando se convirtió en víctima y la situación que se prolongó durante más de cinco años.

El tribunal además le prohíbe aproximarse a menos de 100 metros de distancia de la chica y mantener cualquier tipo de contacto o comunicación con ella durante diez años y añade una pena adicional de cinco años de libertad vigilada una vez cumpla su condena en un centro penitenciario.

La sentencia dictada ayer es firme al reconocer el vecino de Bueu los hechos imputados y aceptar la pena planteada por el Ministerio fiscal, que descartó en sala el segundo de los delitos recogido en el escrito de acusación inicial: utilización de menores de edad para elaborar material pornográfico.

La vista desarrollada ayer a puerta cerrada en la Audiencia Provincial fue muy breve dado la aceptación de los hechos y de la pena por parte del acusado. Tal como puntualizaban fuentes de la Fiscalía de Pontevedra, no se puede hablar de una sentencia de conformidad en sentido estricto ya que para que se pueda producir un acuerdo así la sanción inicial planteada no puede superar en ningún caso los seis años.

De acuerdo con el relato de hechos del Ministerio público, el hombre, "aprovechándose de la autoridad e influencia que ejercía como padre y con el ánimo satisfacer su atracción sexual", abusó de su única hija durante más de cinco años, sometiéndola a todo tipo de tocamientos, penetraciones, felaciones, obligándola a ver vídeos pornográficos e instándola a protagonizar ella misma escenas de carácter sexual.

Los abusos se cometían en el domicilio familiar cuando la madre de la niña no estaba en la casa que compartían en la localidad del Levante español a donde se habían trasladado en 2006 en busca de una oportunidad laboral. La chica, aparentemente por falta de adaptación en su nuevo hogar, regresó tres años después a su Bueu natal para vivir con su abuela.

A consecuencia de la traumática experiencia sufrida, la víctima sufre un cuadro psicológico muy complicado por el que precisa atención especializada. Debido a estas secuelas, su padre deberá indemnizarla con 50.000 euros por daños y perjuicios.