La Audiencia de Barcelona ha condenado a 20 años de prisión a Rina M.S. por asesinar a sus dos hijos de 11 y 9 años ahogándolos en la bañera de su casa, en el barrio del Carmel, tras suministrarles sedantes. Ella misma reconoció los hechos en la vista oral con jurado popular. El tribunal considera probado que el 7 de abril de 2013, hace justo dos años, "una vez los menores se hallaron bajo los efectos de la ingesta del fármaco, benzodiazepina, la acusada los sumergió uno tras otro en medio líquido, en la bañera, hasta provocar su insuficiencia respiratoria".

La pena de veinte años de cárcel -10 por cada asesinato- es fruto del primer pacto que se suscribe en la Audiencia de Barcelona en un proceso con jurado. Fue acordado por las partes al término del juicio, sin que fuera posible hacerlo antes de la vista oral, ya que la ley impide las conformidades en los casos en que la pena solicitada exceda los seis años de cárcel.

El magistrado lamenta en su sentencia que, en el caso de la infanticida, ese "óbice legal insalvable ha obligado a la constitución del jurado, con una tramitación que se antoja innecesaria y con la repercusión de gastos que conlleva (...)". El juez considera que sería "harto deseable que se regule, se normativice, adecuadamente, la problemática que viene suscitando, las conformidades en los distintos momentos procesales o fases de ese procedimiento especial y significadamente cuando las penas solicitadas superan los 6 años de prisión". El magistrado presidente de la sala recuerda en su sentencia la "entreverada e indisimulada voluntad de consenso" que ha presidido el juicio y evoca los "momentos de enorme carga emocional", especialmente cuando la acusada declaró haber asesinado a sus hijos, en una declaración "impactante, ciertamente sobrecogedora y estremecedora".

En su testimonio en el juicio, la mujer explicó que había cometido el doble infanticidio para evitar que sus hijos "sufrieran más" porque se sentía en un "pozo profundo, sin salidas": sin trabajo, abandonada por su esposo y a dos semanas de ser desahuciada.

Rina M.S., de nacionalidad boliviana, sufría maltrato "cuando menos" psicológico por parte de su marido, del que tenía una fuerte dependencia emocional y quien la había abandonado entre septiembre y octubre de 2012 por otra mujer, según el relato de conformidad de la sentencia emitida por la Audiencia de Barcelona. En este contexto, la acusada sufrió "una descompensación de los rasgos dependientes de la personalidad" .