La Sección Segunda de la Audiencia de Pontevedra ha condenado a Miguel Sanmartín, autor confeso del denominado crimen de Marín, a 18 años de prisión por hallarlo culpable, como ya hizo el jurado popular, de los delitos de agresión sexual y homicidio con agravantes de abuso de superioridad y parentesco.

En su sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, la magistrada avala la petición de la Fiscalía y la Xunta de Galicia, personada como acusación particular, que modificaron sus conclusiones durante el juicio para considerar que los hechos eran constitutivos de un delito de homicidio y no de asesinato, con la consecuente rebaja de pena de 35 a 18 años.

De acuerdo con el veredicto emitido unánimemente por el jurado popular, se declara probado que el acusado Miguel Sanmartín golpeó "sobre todo en la cara y cabeza" a su pareja el día 26 de diciembre de 2013 en el domicilio de esta última, situado en la localidad de Marín, y por circunstancias desconocidas.

Acto seguido, aprovechando la situación de aturdimiento de la víctima y movido por un afán de atentar contra la libre determinación sexual de ella, la agredió sexualmente con un bote de espray y una botella de vidrio para, momentos después, asfixiarla hasta provocar su muerte.

Reconoce la sentencia que, antes de llevar a cabo los hechos descritos, el acusado había ingerido bebidas alcohólicas en cantidad suficiente como para alterar de forma moderada sus facultades, motivo por el cual se ha aplicado la atenuante analógica cualificada de embriaguez.

Se condena así a Miguel Sanmartín a seis años de prisión por un delito de agresión sexual y a doce años por homicidio, con una pena accesoria que le prohíbe residir en el municipio durante un tiempo de trece años.

Además, el acusado tendrá que indemnizar al hermano de la víctima con 60.000 euros y deberá hacerse cargo de las costas del proceso.