La Fiscalía se refiere a ellos como delitos que se "evaporan", que se "volatilizan" en una fase en gran parte de las ocasiones muy inicial de la investigación judicial. Y no son pocos. Los juzgados gallegos archivaron el pasado año más de 116.000 procedimientos penales, cifra nada baladí que supone más de la mitad de los que fueron tramitados. Muchas son las razonas que provocan estos sobreseimientos, pero hay algunas que destacan especialmente. El cierre de causas sin que ni siquiera lleguen a juicio es una tendencia muy llamativa en denuncias por hurtos y robos, principalmente por no identificarse al autor de la sustracción pero muchas otras veces ya que, habiendo un sospechoso, se carece de una huella dactilar, un resto de ADN o un testigo que sustente la acusación contra esa persona. En definitiva, se carece de pruebas. También en los delitos de lesiones existe un enorme porcentaje de sobreseimientos. Y hay ocasiones en que esos archivos responden a que en realidad lo que llegó para ser examinado bajo la lupa judicial era un hecho impune: lesiones fortuitas carentes de responsabilidad penal, extravíos de objetos personales o documentación y un largo etcétera.

Los juzgados de Instrucción tramitaron el pasado año en Galicia más de 215.000 procedimientos penales, número en el que se incluyen los que estaban pendientes del ejercicio anterior, los que se reabrieron y los que entraron nuevos. La cifra más abultada de ilícitos que motivaron la apertura de un expediente judicial, según se refleja en la memoria de la Fiscalía Superior de Galicia, son los que se incluyen en el grupo de los delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico: robos, hurtos, estafas, apropiaciones indebidas... En 2015 hubo más de 74.000 causas de esta materia. Lo curioso es que únicamente 2.412 protagonizaron un escrito de acusación de la Fiscalía y sólo 2.310 acabaron reflejados en una sentencia.

¿Qué ocurre con los miles de casos que quedaron por el camino? Una de las razones está muy clara. Sobre todo en el caso de las sustracciones, muchas se toparon casi de forma automática con un auto judicial de archivo provisional al no estar identificado el responsable del robo. Y sin autor, imposible juzgar el delito. Esta situación que se venía notando año tras año en las estadísticas judiciales cambiará sin embargo una vez se cierre la de este 2016. El motivo es la reforma que entró en vigor a finales del pasado ejercicio que ha sacado de los juzgados los atestados policiales sin autor conocido: ahora, salvo excepciones, estos casos no se trasladarán a los tribunales hasta que haya un sospechoso con nombre y apellidos. La medida ya se está notando en los tribunales de Instrucción con una importante reducción de los asuntos que tramitan.

A veces se cuenta con un presunto autor, con un investigado, pero lo que no hay son pruebas. Ocurre de nuevo con frecuencia en los robos. "Si hacemos una rueda de reconocimiento y no hay una identificación del sospechoso, y además se carece de ADN, huellas o testigos, lo habitual es que el propio fiscal ya pida el sobreseimiento", afirman fuentes judiciales. Con el mismo problema se topan en numerosos delitos de lesiones -el siguiente grupo de ilícitos después de los patrimoniales en los que se detecta un número mayor de archivos-. "Otras veces, sobre todo en delitos de violencia de género o violencia doméstica, nos encontramos con que la principal y muchas veces única prueba, el testimonio de la persona supuestamente agredida, se cae ya que renuncia", explican.

Transformación

Sobre los procedimientos de lesiones, en la memoria de la Fiscalía se apunta otro factor que provocó que numerosos procedimientos no acabaran en la sala de vistas de un juzgado Penal o de la Audiencia: debido a que el delito, en el transcurso de las pesquisas judiciales, fue transformado en la hoy ya desaparecida figura de la falta, algo que se observó con frecuencia en las lesiones imprudentes derivadas de accidentes de tráfico. En la actualidad las infracciones leves derivadas de un siniestro están despenalizadas y van a la vía civil.